martes, 26 de agosto de 2008

¿Nuestra SCJN, o Nuestro Pollino?

Única ventana al Pleno

La Acción de Inconstitucionalidad cuyo motivo oculto bien puede ser el genocidio del pueblo de México sigue adelante. Las fallas incurridas por el ministro ponente Sergio Salvador Aguirre Anguiano han sido expuestas, en parte, en el escrito que aparece abajo. Estas fallas van dejando sus secuelas nefastas, por las que el ponente ha quedado hasta hoy preso de sus propios errores.

Ni en el proyecto de resolución, ni en las participaciones de los ministros hasta hoy aparecen los derechos plenos a debatirse, mucho menos las obligaciones. Podemos comparar lo que se ha manifestado en la Corte al caso de un atropellamiento: Al conductor ni se le menciona en cuanto responsable, y la víctima está en duda que lo sea, dado que su naturaleza humana se presenta dudosa al Pollino; basta con negar su humanidad ¡y asunto resuelto! Que se trate de 12,000 atropellados hasta hoy, de 12,000 muertos no añade nada al caso mientras no se reconozcan sus derechos, ¡y que difícil cuando el Pollino cree tener que debatir su misma humanidad!

Me estoy refiriendo, obviamente, a las obligaciones derivadas del acto sexual. Obligaciones que el Pollino, al igual que el resto del reino animal desconoce en el terreno jurídico; aunque eso sí, pretensiones el Pollino sí que tiene, y hasta constitucionales.

¿Qué queda entonces?

Eliminado el responsable, y eliminada la víctima del atropellamiento, sólo queda el mecanismo de transmisión mencionable como acelerador, freno, y tuercas complementarias; y el análisis --eso sí, muy científico-- de sus partes. Resulta hasta de infantil comprensión que los personajes restantes, o mecanismo de transmisión 'óvulo y espermatozoides' configurando paulatinamente cigoto, embrión y feto, serán dudosa materia de derecho porque éste, tratándose del causante de la acción que exige ser sujeto de derechos y obligaciones, por artificio extrajurídico; irracional y criminal, se le permite aparecer unicamente como derechohabiente sin responsabilidad alguna. De esta manera la monstruosa ficción a la que se da el nombre de mujer es acreedora a leyes especiales y privativas, y a privilegios tales, que puede destruir al ser humano que lleva adentro porque dicho ser humano depende para vivir del mínimo afecto de una madre; asunto que, para el Pollino, sólo da lugar a mentarle la mula, porque la madre...

Pollino no quiere quedarse atrás en la paternidad de lo que llama mujer, y tiene razón en su maridaje con la Asamblea Legislativa, mula de concurso si las hay; que en la competencia entre rarezas y ficciones, donde ya ni el 'matrimonio homosexual' escandaliza, pudiera el derecho a ser canibal la próxima hazaña de Pollino para beneficiar a la mujer. ¿Quiere apostar algo?

Pero si a esta ficción jurídica --afortunadamente menos común de lo que se hace creer-- llamada mujer para que pueda competir con su contraria, la verdaderamente humana, se le otorgan derechos para matar a un hijo, podrán negársele a la larga el derecho a suspender el intervalo vital del marido; del padre, del hermano, del vecino? ¡Ni modo que le exijamos a Pollino que lo piense!

Para ir eliminando dudas compareció el ministro Góngora Pimentel para manifestar lo acostumbrado: Su preocupación fue por la morbilidad materna a la que hay que sacrificar, por ley, a las generaciones futuras de la patria, ¿pero de cuando acá se ha visto que Pollino tenga patria? Ahora resulta que términos como embarazo son demasiado imprecisos para que puedan ser considerados por el derecho penal cuya naturaleza es precisa!!! ¿Puede haber imprecisión sobre el estado de embarazo en el caso de un aborto? Tras hablar del derecho a la libre maternidad que resultó el derecho a su contrario, a matar al hijo para no ser madre... Libertad, ¡cuántos crímenes se cometen en tu nombre!, pasó al principio de progresividad, y al derecho de no regresividad... ¿Pero progresividad hacia dónde? Adivinó usted porque no hay de otra: hacia el genocidio. Fue muy claro: No considera el proyecto los avances en los derechos de reproducción (Y entiéndase sólo lo contrario, a la no reproducción). Y como justificación de la insignificancia que él otorga al nasciturus, ¡habló del hecho constatable de que nunca se extiende un certificado de defunción por la muerte natural de un feto! ¿Se le habrá ocurrido que se debe a que un acta de defunción requiere de un acta de nacimiento previa? Ay pollino...

Continuación del 29-31 de agosto.

Cumplida la votación por la que el Pollino ya dio el burrazo, sólo nos queda por confirmar (El Universal), la precisión con que se cumplió lo anunciado en este mismo blog el 21 de junio de 2008, y que nos da el sentido pleno de lo actuado:


“Carlos Avilés
El Universal
Jueves 28 de agosto de 2008

“La Suprema Corte de Justicia abrió la puerta para que la despenalización del aborto en las primeras 12 semanas de embarazo pueda ser aplicada en cualquier estado, luego de que ocho de los 11 ministros avalaron la medida adoptada en 2007 por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

“Aunque dejó la votación final para la sesión de hoy, la mayoría en el pleno acordó que los derechos de la mujer deben privilegiarse por encima de los derechos que tiene “el concebido no nacido”.


Véase abajo en: la Interpelación a los Ministros de la SCJN, del sábado 21 de junio de 2008, bajo La Contraparte el párrafo:


El rabino Feldman es claro al respecto:

Un principio en la visión judía del asunto es tza’ara d’gufah kadim, consistente en que su bienestar, y el evitarle el dolor ocupan el primer lugar. Por tanto, las indicaciones de la madre cuentan donde las indicaciones fetales no cuentan… No se trata de que el feto tenga derecho de nacer o de que el marido tenga derecho a su hijo, sino que es el bienestar de la madre el que ocupa el primer lugar, y para algunos es la única consideración a tomarse en cuenta para un aborto.”


Lo que permite concluir:

Todo lo ocurrido en el sonado caso de la SCJN fallando sobre la constitucionalidad del genocidio --al que evitó mencionar por nombre, por maquinación, y por maña-- se redujo a rebuznar para dar entrada al Talmud de Babilonia en sustitución de los Códigos antes exclusivamente cristianos de occidente; triunfo temporal de los rabinos sobre el sacerdocio católico; y promesa, próxima a cumplirse, de condenarnos a muerte por nuestra fe en Jesucristo.


Esta realidad es constatable por las pruebas que se aportan dentro del texto de la Interpelación a los ministros. Ahí donde aparece: una indicación de URL hay que hacer click para ver las evidencias. Sobre todo esto insistí personalmente ante los ministros. Y hay más en:


http://informa.scjn.gob.mx/documentos_enviados_por_los_ciudadanos.html

por el número 1291, con fecha 2008-06-27 y hora: 15:53:55 dejé para todos los visitantes el comentario siguiente:


Hoy completó la SCJN seis audiencias públicas fraudulentas sobre el tema:


“Despenalización del aborto hasta las 12 semanas de embarazo”


Audiencias públicas celebradas entre el 11 de abril y el 27 de junio de 2008.


Artículos del CPF aplicables a los responsables:

Artículo 386. Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

a) Los aspectos económicos del negociazo son ampliamente conocidos a nivel internacional. Está el agravante de los fondos públicos utilizados por una camarilla genocida contra la voluntad del pueblo todo de México, como prueba de ello, a pesar del financiamiento internacional a los grupos feticidas que los incentivaba a estar presentes, el Presidente de la SCJN admitió que el 70% de las solicitudes para comparecer fueron de opositores al feticidio; dio, sin embargo, el 50% y no el 30% de la comparecencia a los feticidas.

b) Los equívocos intencionales de índole absolutamente fraudulenta se desbaratan con cuatro silogismos:

Silogismo: Se puede matar a todo embrión por no ser persona

-------------Los 11 ministros de la SCJN fueron embriones

................Se les pudo matar por no ser personas


Cara a la nación, y en la próxima audiencia pública, expliquen ustedes en virtud de que son ustedes ministros de la SCJN ¡sin ser personas!


Silogismo II
: El delito de homicidio solo tutela a las personas

....... Se les pudo matar por no ser personas

........Se puede matar a los 11 sin cometer homicidio


Es también de infantil comprensión, como lo fue para el Constituyente, que el momento de la concepción es el acto sexual


Silogismo III
: Sólo puede destruirse lo que existe

Los 11 pudieron ser destruidos con anticonceptivos

Los 11 estaban ya en el acto sexual de sus padres


Silogismo IV: Se está (existe), sólo a partir del momento de la concepción

...........Los 11 estaban ya en el acto sexual de sus padres

El acto sexual de sus padres fue el momento de su concepción


Tratándose de personas asesinadas, no hay problema constitucional, sino penal. La sola omisión del derecho penal, y la admisión de derecho réprobo por fraudulento y genocida, permiten acusarlos, ministros, por obstaculizar a la justicia con su indebida intromisión; ya que la conducta exigible era solicitar del Ejecutivo Federal la intervención decisiva del titular de la PGR; para que, con fundamento en el Art. 149 Bis del C.P.F., solicitar los desafueros de los representantes de la AL del DF, y el ejercicio de la acción penal contra todos los que dejaron manifiestas conductas típicas penales de ese y otros artículos.


El fraude comenzó en la ALDF por el título mismo de “aborto” que es ‘irresponsable’ al coincidir con el hecho accidental y no deseado del mismo nombre; tomado del inglés ‘abortion’ que se traduce como ‘feticidio’, ya que ‘miscarriage’ sería en inglés el correspondiente al accidental y no deseado.


Nada tiene de extraño que el fraude continuara con la insistencia machacona en el fraudulento ‘interrupción del embarazo’, porque como es obvio no radica ahí el mal, sino en sus consecuencias que exigen llamarle homicidio. ¿De cuándo acá han tolerado en sus juzgados que se use ‘acariciarle el corazón’ cuando el cuchillo acariciante lo mató? ¿Qué les pasa, ministros?


Esto dio lugar a que se trajera a colación acuerdos internacionales sobre interrupción del embarazo que carecen, por la misma falla de relevancia alguna para su aplicación en nuestro suelo.


¿Se podía haber advertido de manera más clara y severa a los responsables?



BALANCE DE UNA RESOLUCIÓN


Ante un abismo de injusticia consistente en doce mil víctimas humanas, y su mayor número aún de verdugos impunes se sentaron a deliberar once jueces. Los hechos gritaban genocidio, el tipo penal estaba dispuesto; pero las intenciones de los jueces eran criminales. El voto de ocho contra tres, que ni siquiera condujo a la renuncia de los tres, mucho menos a la justificación de ninguno, sólo abre las puertas de doce mil a doce millones de muertos más. La razón grita: ¡No es posible! ¿Qué es esto!


¿Veremos doce millones muertos como los doce mil primeros, tan muertos estamos ya?


¡Qué sistema político tan fecundo en monstruos! ¡Qué escuelas de derecho tan productivas en burros! ¡Qué país tan agobiado por la criminalidad que no cae en cuenta de que dejar impunes a estos jueces y a los legisladores es permitirlo todo con tal de que sea nefasto!


Qué se debe permitir suprimir generaciones enteras aprovechando las primeras doce semanas de embarazo; que la Selección Nacional de fútbol debe permitir que se le hagan cuantos goles quieran los contrarios los doce primeros minutos por ser esto menos grave que los primero. Ojo, la SCJN ya dijo lo contrario. ¡Y quieren ustedes que siga rebuznando el burro en vez de agarrarlo a palos!


Qué deba usted de dejar sin resguardo su casa las primeras doce semanas del año, a su mujer ante los doce primeros; que la Constitución admite el aborto, que el Constituyente era idiota. Qué la Constitución inútil para impedir tal desastre deba seguir sirviendo para que ganen sus sueldazos, disfruten de sus fueros, y entre sonoros rebuznos hagan del derecho el chueco, y del inteligir el idiota. ¿De verdad quieren oír que siga rebuznando el burro?


¿O podremos lograr que la Cámara de Diputados enjuicie debidamente a estos criminales por genocidio y traición a la patria de conformidad con la Ley de Responsabilidades?


Las denuncias contra el Procurador General de la República, los legisladores de la ALDF y Marcelo Ebrard aparecen más abajo. Son muestra de lo que debe seguir.



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