jueves 13 de noviembre de 2008

Petición de Juicio a los Ministros de la Suprema


Secretaría General de la Cámara de Diputados
Dr. Guillermo Haro Belches
Presente



Juicio a los Ministros de la SCJN por Genocidio,

Traición a la Patria, Fraude y Terrorismo.



El Magnicidio de la Constitución.




Responsable:
Luis De Guerrero Osio y Rivas, ciudadano de la República con domicilio para recibir notificaciones en Cerrada de Salamanca 7 departamento 1, colonia Roma, en México D.F.; comparezco por mi propio derecho y en descargo de mis obligaciones cívicas, a ejercer las facultades que me otorga el último párrafo del Art. 109 constitucional, y digo:

En consideración al concurso ideal de delitos que enlazan mi denuncia del 25 de marzo del 2007 contra Marcelo Ebrard Casaubon y miembros de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con mi denuncia del 29 de mayo del mismo año contra Eduardo Medina Mora Procurador General de la República, ambas aun sin resolver por la Cámara; y en las que predomina los delitos de genocidio y traición a la patria al igual que en la que hoy presento contra los integrantes del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, solicito de la Cámara la acumulación de procedimientos para su resolución conjunta. Es procedente y urgente, dado que el número de víctimas se aproxima a veinte mil y va en aumento; y a la obvia responsabilidad de los diputados como representantes del pueblo de parar este genocidio de mexicanos y de hacer justicia expedita.

Denuncio a los custodios de la Constitución por traición a la misma y a la patria:

Inculpados:
Guillermo Iberio Ortiz Mayagoitia, Olga Mª del Carmen Sánchez Cordero de García Villegas, Mariano Azuela Güitrón, Genaro David Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan Silva Meza, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, José Ramón Cossío Díaz, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Sergio Armando Valls Hernández.

Motivo:
Haber dado entrada fuera del marco jurídico obligado a las peticiones del Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y del Procurador General de la República; peticiones que, admitidas como Acciones de Inconstitucionalidad recibieron los números 146 y 147 del 2007. Lo hicieron en contubernio con los actores, y de manera tan criminal cuanto dolosa, al ser la misma vía que con anterioridad habían seguido partiendo de un grupo de asambleístas panistas y verde-ecologistas con la Ley Robles. Lo hicieron para repetir el éxito del 2002 y reforzar con la vía judicial las infamias legislativas.

Los hechos que denuncio han dejado en claro la finalidad de estas acciones, las cuales, por medio de un concurso letal de delitos impunes hasta hoy; delitos que se pretende no sólo justificar, sino imponer por ley a la nación; pretenden cambiar nuestras leyes por las del enemigo; y no sólo corre ya sangre a raudales, sino que se justifica cualquier cosa de manera tal que, mientras más imbécil y criminal resulte la “ley importada”, más apoyo reciba. ¡Hay decenas de miles de víctimas que lo atestiguan! Y entre ellas la razón humana, atacada brutalmente con rebuznos que se pretende hacer pasar por razones.


EL MARCO JURÍDICO OBLIGATORIO:

De la Constitución:

Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución.

El inciso II es claro, y se refiere a la posible contradicción entre una norma general y la Constitución. Entiéndase, ¡NO se refiere a la indudable conformidad entre una conducta típica penal y el Código Penal Federal, que exige la persecución penal de los infractores, y que no ha estado en contradicción con la Constitución!

En pocas palabras: los delitos se persiguen, no se discuten para justificarlos.

Por consiguiente, nada tenían que hacer los unos en el terreno constitucional presentando; ni los otros —los ministros— admitiendo un delito a juicio constitucional para transmutarlo en un derecho; tomando así un delito gravísimo para exonerar a los culpables del mismo y abrirles las puertas para abrogar nuestro sistema jurídico y seguir destruyendo a México.

c) El Procurador General de la República, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano;

Comentario al sub inciso c: El principal responsable es el Procurador como se hace ver en la denuncia presentada en su contra, ya que como monopolista de la acción penal en materia federal incumbe sólo a él la persecución de los delitos cometidos, lo cual, de haber tenido lugar exitosamente como lo ordenan nuestras leyes habría impedido la masacre de las mismas leyes junto con las víctimas.

g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal,estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución. Asimismo los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en los estados de la República, en contra de leyes expedidas por las legislaturas locales y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en contra de leyes emitidas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Comentario a g): A menos que ustedes pretendan haber sido inhumanos —¿huevos de rana quizá?— en el seno materno, es obvio que los derechos humanos vulnerados por los genocidas los refiere la Constitución a las víctimas de Marcelo, sus cómplices de la ALDDF, y agregados posteriores que incluye a los ministros de la Suprema Corte. No se requiere de denuncia adicional, al encontrarse el presidente de la Comisión de los Derechos Humanos, José Luis Soberanes Fernández como actor en el mismo caso que el Procurador. Nuestra Carta Magna es una Constitución de vivos. Negar, por tanto, que el derecho a la vida subyace y rige en TODOS sus artículos para la totalidad del intervalo vital —que es exactamente a lo que equivale el abandono de la justicia penal contra los responsables— equivale a proyectarla integra hacia los muertos para regir sólo en los cementerios. —Lo idiota del asunto es típico a todos los argumentos que manejan los promoventes del feticidio, la forma más cobarde del genocidio, como he dejado constancia en las denuncias contra Marcelo Ebrard y los asambleístas, y contra el procurador Eduardo Medina Mora.

Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.

Destaco: Ley Suprema de toda la Unión.

EL TRATADO suscrito por nuestro país, derivado de la Convención Para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; tratado firmado por México el 14 de diciembre de 1948; y ratificado por nuestro país el 22 de julio de 1952 en los muy precisos términos del Art. 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, que el delito de genocidio se puede cometer tanto en tiempos de paz, como en tiempos de guerra. De este Tratado se derivó el delito de genocidio de nuestro Código Penal Federal.

Por lo que la Sanción del Delito de Genocidio es Ley Suprema para toda la Unión.

La versión castellana del tratado se localiza en Internet:

http://www.preventgenocide.org/law/gencon/espanol.htm




Artículo II
En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:

a) Matanza de miembros del grupo; (Nonatos del D.F.)

b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; (reconocida en sinnúmero de mujeres que abortan, una al menos falleció en consecuencia)

c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;

Se cumple el inciso a, hay más de doce mil muertos según las estadísticas oficiales.

Se está cumpliendo la primera etapa de este inciso c, con la serie de maniobras internacionales con las que se está destruyendo la economía y generando desempleo masivo. Hace prueba la magnitud y extensión del fenómeno que está en su primera fase.

México cumplió con la Convención por medio del Art. 149-Bis del CPF, e INCUMPLE hasta hoy contra mis denunciados en la sanción obligatoria que este artículo impone.

Del Código Penal Federal:
Artículo 149-Bis.- Comete el delito de genocidio el que con el propósito de destruir, total o parcialmente a uno o más grupos nacionales o de carácter étnico, racial o religioso, perpetrase por cualquier medio, delitos contra la vida de miembros de aquellos, o impusiese la esterilización masiva con el fin de impedir la reproducción del grupo.

Artículo que con precisión lo establece para toda la Unión; sin embargo, este artículo no fue siquiera mencionado, ni en el proyecto ni en los debates del Pleno; y se hizo una selección fraudulenta de participantes para las audiencias públicas de la SCJN sobre el tema de la despenalización del aborto durante las primeras doce semanas del embarazo. Doy prueba de ello con mi petición oportunamente presentada, la que me fue escamoteada.

—Sigue diciendo el artículo:

Por tal delito se impondrán de veinte a cuarenta años de prisión y multa de quince mil a veinte mil pesos. Si con idéntico propósito se llevaren a cabo ataques a la integridad corporal o a la salud de los miembros de dichas comunidades o se trasladaren de ellas a otros grupos menores de diez y seis años, empleando para ello la violencia física o moral, la sanción será de cinco a veinte años de prisión y multa de dos mil a siete mil pesos…
…En caso de que los responsables de dichos delitos fueran gobernantes, funcionarios o empleados públicos y las cometieren en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, además de las sanciones establecidas en este artículo se les aplicarán las penas señaladas en el artículo 15 de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación.

Artículo 7o.- Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales.

La más grave omisión ha sido la exclusión de dicho Art. 149-Bis del CPF desde la la admisión del caso por la Corte, lo derogaron de facto para privilegiar con la impunidad a los criminales y cambiar las leyes, las costumbres y el direccionamiento social imperado por ley; con ello, han reclasificado al bien como mal, y al mal como bien.

Como se aprecia, el marco jurídico obligado es sumamente preciso, irreductible e inconfundible. No deja lugar a embrollos. Mucho menos a que, para evadirlo, se elimine al Código Penal Junto con las garantías individuales en el satánico ejercicio de confundir el cortex cerebral con el espagueti; la ley con la idiotez, a un hato de burros con la judicatura y a la SCJN con la mafia. No da el marco jurídico obligado lugar a implantar al genocidio de manera institucional en nuestro suelo para entronizar al Imperio del Burro sobre México. ¡No! Y el sólo hecho de romper con este marco jurídico obligatorio condujo a premiar con la impunidad a los genocidas, al genocidio de decenas de miles de víctimas, y al ya a todas luces indiscutible magnicidio de la Carta Magna a la que han dejado entre los zombis.

¿Se podría haber esperado algo peor de la SCJN?


LA FLAGRANCIA:
Somos todos testigos de los hechos recientes por los que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dieron entrada, en contubernio criminal con los actores, a dos Acciones de Inconstitucionalidad que recibieron los números 146 y 147/2007.

Dieron entrada a un delito para más disfrazarlo de ley y coronarlo de constitucionalidad; y no lo hicieron de manera meramente teórica, sino en sus funciones prácticas y conscientes de la tortura y masacre de inocentes que con ello vitalizaban.

La conducta exigible tanto a los actores como a los ministros de la SCJN era la de exigir al monopolista de la acción penal en materia federal que llevara este asunto ante ustedes, diputados, para el desafuero y consignación de los asambleístas delincuentes, así como del Jefe de Gobierno del Distrito Federal por haber promulgado la “ley” genocida autorizando el feticidio de incontables seres humanos dentro de las primeras doce semanas del embarazo.

El Procurador, consciente de sus deberes sabía que su obligación era parar el genocidio; y no, nunca, y de ninguna manera, llevar el genocidio de su propio pueblo a discusiones de necios. ¡Y no lo hizo! Sabía, al igual que los ministros, que la facultad otorgada a la SCJN por el Art. 105 constitucional se refiere al discernimiento entre leyes; y de ninguna manera al discernimiento entre flagrantes delitos monstruosos y leyes, como al caso viene siendo entre un genocidio y la Constitución; ya que por el solo hecho de su admisión a la SCJN, el delito quedó formalmente reclasificado como ley por el Poder Judicial. Exactamente lo que pretendía la ALDDF; y a ese contubernio, como claramente lo establece el Art. 7º del CPF se prestaron los actores de las Acciones de Inconstitucionalidad, y hasta el último de los ministros, para sacar al delito monstruoso —como siempre lo será el genocidio— fuera del marco jurídico que lo condena para así dejarlo impune. Y esto es tan obvio, como que los delitos se persiguen, no se constitucionalizan para meter a la Constitución de réproba como estos amafiados, siendo sus custodios hicieron ¡traicionándola!

Y aunque pudiera justificarse el RIDÍCULO de una acción de inconstitucionalidad para dirimir razones entre la Carta Magna y un delito, resulta a todas luces inconcebible diputados, que su admisión fuera tolerable de manera sustitutiva —como en el caso lo ha sido— al ejercicio de la acción penal contra los delincuentes; lo que formaliza mi denuncia contra el magnicidio en proceso de Nuestra Ley Eminente a favor del Talmud de Babilonia del rabinato judío.

Repito, lo inaudito parte de la admisión fuera del marco jurídico obligado que no podía dar lugar a ello, y que hacía indudable la intención de asesinar impunemente dentro de las primeras doce semanas de su existir a cuantos seres humanos —semejantes en todo a nosotros en dicha etapa— pudieran ser blanco de la inquina y desprecio de criminales que los albergaban en su seno, y esto sin mayor requisito que su capricho. Y si esto, además de criminal no fuera idiota, habría que hacer un ensayo de demencias para tratar de justificar que autorizar al sexo femenino a cometer homicidio, aplicando la pena de muerte de manera “legal”, aunque extrajudicial y a capricho, no pusiera al estado en el papel de tolerante imbécil; a la ley de cómplice, a las garantías individuales en papel de burla legislativa y judicial; e hiciera pasar al derecho de la formalidad a la anarquía. Que sobre esto pueda seguirse hablando de una Constitución es un contrasentido sin posible referencia a ordenamiento alguno; sino sólo a favor de un desordenamiento pleno. Es obvio que con esto se da muerte a la razón, y que la naturaleza humana se ha degradado a lo bestial; poder dar muerte a seres humanos como a camadas de perros ¡en perros nos deja a todos! Dar entrada a lo imbécil a una Corte Suprema es tan intolerable como aceptar la idiotez como norma para las instituciones y para la patria entera.

Y le dieron entrada en contubernio, ya que ni los actores pidieron, ni un solo ministro exigió, la persecución de los delitos en vez de la burrada de entrometer la vía constitucional; con lo cual dejaban patente —contra todo derecho y razón— ¡que no había delito que perseguir ni víctimas que lamentar!

Se delinque por acción y por omisión. Con decir no hicieron, no pidieron, decimos junto con el Art. 7º aludido: abusaron de la vía constitucional para el magnicidio; sí para el magnicidio de la Constitución de conformidad con el derecho citado. ¡El dolo es patente!

Pero toda esta perversidad idiota pareciera reducirse a nada, y precisamente en lo idiota, cuando observamos que, si mal andan los hechos, ¡las razones andan peor!

En mi denuncia contra Marcelo Ebrard y cómplices en la ALDDF afirmé: ado una dureza de corazón propio de fieras. Nada puede extrañar, por tanto, que el más somero análisis de su falso razonar deje igualmente en evidencia su verdadero ser de brutos. Hablemos, por tanto, del necesario aborto del PRD para rescatar del abestiamiento y la locura a la nación. Y reto además a cualquiera por imaginativo que sea, a superar en idiotez el proyecto “¡Diputados! Con la conocida persistencia propia de los anormales más peligrosos vuelve a arrojarse sobre el rostro de la ley la injuria máxima: la pretensión de suplantar la ley con el delito; la justicia, con la máxima injusticia; la razón, con la idiotez; y la salud mental con la insania. Este asombroso conjunto de aberraciones no es extraño para el derecho penal llamado a castigarlo por naturaleza propia, y que conserva la historia de las patologías criminales de asesinos, violadores, ladrones y demás caterva descrita por el código penal bajo el rubro de repetitivos, o seriales. Seres posesos que no pueden dejar de matar, de violar, de mentir, y ahora...de legislar.

"En la tortura y la muerte programada para compatriotas en su etapa fetal se ha desveldespenalizador del aborto intencional en general, que añadiendo a sus pretensiones actuales sus logros previos por los que, de tiempo acá ha logrado infamias, pretenden ahora agravar y recalcar dichas infamias, para más envilecer a México”

Transcribo de la denuncia una muestra de las idioteces destacadas, pretenden:

1. Convertir los delitos en derechos, y comenzando con el peor de los crímenes.

2. Invertir para ello los papeles, al homicida lo hacen pasar por víctima, y a la víctima la sitúan como agresora para justificar su ejecución. Hacen pasar a la persona en su indefensa etapa fetal como si fuera un asaltante, como si con perversa voluntad propia cometiera allanamiento de morada para asesinarlo 'legalmente'; y a la asesina, como si fuera una heroína defendiendo con su crimen a la feminidad entera.

3. De esta manera las víctimas quedan como únicas culpables de los delitos, y como únicos merecedores de castigos, y los criminales como únicos dignos del respeto y protección del Estado. Burrez que se va implantando, embruteciendo, y enfermando…

7. En las “leyes” propuestas, el situado como violador para ser castigado como tal, y con pena de muerte, es la persona en su etapa fetal. Y como dicha ley ya encontró en dicha persona al chivo expiatorio ideal al no poder ni escaparse, ni quejarse, con su sola muerte queda satisfecha `la justicia de la bestia', el verdadero violador, de haberlo, pierde todo interés para el aparato represivo. Queda libre. ¡Ni modo que por una sola violación haya forma de acusar a dos “papás”! ¡Ni modo que habiendo castigado con la muerte a uno se siga pensando en encarcelar a otro! Y de esta aberración no hay duda porque el lenguaje del derecho penal son las penas, ¿y ante la ejecución del feto? ¡Hasta el feto es “violador y padre de sí mismo” en el dogma de la bestia! Como vemos... ¿Más de bestias? ¡IMPOSIBLE SER MÁS BESTIA!

Aberrantemente, a esta sarta de burradas se sumaron los ministros del Pleno, —aún los que votaron contra la constitucionalidad de dicho delito disfrazado de ley; ya que por haber admitido, discutido y razonado fuera del marco jurídico obligado un delito como derecho, asumieron dolosamente el papel de comparsas que el teatro reclama para el boletaje, pero que la ley condena en los hechos sangrientos de la vida real.

Y tuvieron su teatro en 80 comparecencias, a las cuales apelaban para mejor borrar nuestras leyes con la ausencia de las mismas, y con el sentido común condenado así al exilio.

LAS EVIDENCIAS:
Todos estamos de acuerdo en la valía del Internet para presentar cuanto en derecho procede. Los denunciados abrieron su portal en http://informa.scjn.gob.mx/, como la Cámara también tiene el suyo. Por mi parte abrí www.nullacaritassineiustitia.blogspot.com en el cual coloco las evidencias necesarias, como públicas y conocidas para beneficio de la Cámara. Destacan en primer lugar las evidencias provenientes de la comunidad judía; los rabinos que reclaman leyes favorables al feticidio para no chocar su autoridad con nuestras leyes tradicionales. Encontramos en sus escritos y libros ya publicados los ya muy sobados argumentos feministas que en el pasado nos dejaron pasmados con su contenido del todo improcedente. Por ejemplo, el argumento de que el feto es parte del cuerpo de la madre proviene de Salomón ben Isaac, mejor conocido como Raschi, un rabino del siglo XII nacido en Troyes, Francia; que dogmatizó para los judíos que el feto es como el muslo de la madre. La afirmación clara y rotunda de que no interesa cuando comienza la vida, sino la opinión autorizada del metafísico para fijar el momento a partir del cual esta debe ser —por los rabinos— considerada humana, etc. El Talmud de Babilonia casi completo en inglés lo encontramos con comentarios y críticas en:
http://www.come-and-hear.com/ y de ello, ya en español, está mi escrito “Interpelación a los ministros de la SCJN” notificando oportunamente a los mismos que la traición que estaban por cometer a favor del poder que sólo sabe mentir había quedado desvelada aparece en:
www.nullacaritassineiustitia.blogspot.com/

Una traducción previa del Talmud que se puede comprar en Amazon, la del sacerdote ruso Iustinus Bonaventura Pranaitis “The Talmud Unmasked”, subtitulada ‘The Secret Rabbinical Teachings Concerning Christians,’ se consigue en español “El Talmud Desenmascarado, la Enseñanza Secreta de los Rabinos Referente a los Cristianos”. Está claro en ambas nuestra condena a muerte, y el desprecio absoluto en que nos tiene este poder asnal que se ha adueñado del mundo.

Los portales de la SCJN y de la Cámara de Diputados no tienen pierde, aporto aquí por mi parte las instrucciones, en extremo sencillas, para usar el mío; en adelante “Mi blog” que facilita los documentos por día y mes; coincidiendo sólo dos que varían sólo por el año. Del lado izquierdo aparece “Archivo del Blog” repitiéndose inmediatamente abajo sobre blanco y con flecha que apunta hacia abajo. Basta con un clic sobre esta flecha para que aparezca todo el archivo con mes y día. Los escritos más recientes aparecen hasta abajo; y basta con hacer clic sobre cualquier fecha para que se abra el documento que se solicita.

Archivo de “Mi blog”
25 de marzo — Denuncia vs. 7 ministros por fallo a la “Ley Robles” —2002
25 de marzo — Denuncia vs. Asambleístas y Marcelo Ebrard —2007
29 de mayo — Denuncia vs. Eduardo Medina Mora —2007
21 de febrero — Urge echar fuera de la Corte ese delito.— 2007
18 de abril — Lo mucho que prueba mi petición de audiencia— 2008
21 de junio — Interpelación a los ministros — 2008
21 de agosto — Carta abierta a Sergio Salvador Aguirre Anguiano — 2008
26 de agosto — Sátira dirigida al Pleno — 2008

Y basta con continuar el análisis para descubrir que la idiotez no tiene límite. En mi posterior denuncia contra Eduardo Medina Mora del 29 de mayo (2007) se ahonda en las idioteces que se pretenden por ley encontrándose un mayor número, ¡las bestialidades llegaron a 17 diecisiete!

¡Diputados! Ante este poder verdaderamente asnal se han inclinado los traidores, a este poder nos han vendido, a este poder han sacrificado ya a más de 12,000 doce mil seres humanos indefensos, torturándolos. ¿Puede haber sumisión más afrentosa, que cambiar nuestras leyes por las del burro? ¿Qué entregar nuestra independencia a un poder asnal?

Art. 123 del C.P.F.: Se impondrá la pena de prisión de cinco a cuarenta años y multa hasta de cincuenta mil pesos al mexicano que cometa traición a la patria en alguna de las formas siguientes:

I.- Realice actos contra la independencia, soberanía o integridad de la Nación Mexicana con la finalidad de someterla a persona, grupo o gobierno extranjero;

Abusar del poder para abrogar nuestras leyes sometiendo nuestra soberanía a la ley y poder del burro, ¿podrá ser superado en forma como traición a la Patria?

Repito el de genocidio refiriéndolos, diputados, a “la integridad de la nación”:

Artículo 149-Bis.- Comete el delito de genocidio el que con el propósito de destruir, total o parcialmente a uno o más grupos nacionales o de carácter étnico, racial o religioso, perpetrase por cualquier medio, delitos contra la vida de miembros de aquellos, o impusiese la esterilización masiva con el fin de impedir la reproducción del grupo. — ¡Hay más de 12000 doce mil víctimas señores! El elemento “perpetrase por cualquier medio” admite como medios al total de disculpas, sinrazones, bestialidades y demás burradas que sobreabundan en el tema.

Debo hacer notar de inmediato sus diferencias con el delito de homicidio y el delito de aborto que fueron los únicos abordados por los promoventes de la Acción y por los ministros. El número de víctimas que rebasa ya las 12,000 rebasa igualmente no sólo el tipo penal aborto que la ley contempla castigar caso por caso, sino el tipo homicidio múltiple. El sujeto agraviado no lo es la sociedad por la pérdida de uno o varios de sus miembros como pudiera deberse a la intención de un criminal, o de una pandilla convencional; estamos hablando ya de cifras catastróficas a las que no puede llegarse sin intervención estatal.

Artículo 139.- Se impondrá pena de prisión de seis a cuarenta años y hasta mil doscientos días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad para que tome una determinación.

¿A qué seguridad nacional podemos aspirar cuando nuestras autoridades han entregado ya nuestras leyes, instituciones, e inteligencia al Poder del Burro? Y el terrorismo adicional referido al caso, radica precisamente en la alarmante distorsión del poder público, poder vuelto violencia, y violencia ciega que mata sin discernimiento de a quién mata porque no puede saberlo; aplicado al rompimiento no de una, sino decenas de miles de veces de la norma no matarás; porque como es obvio, el genocidio no sepulta al tipo homicidio, siendo los “médicos” homicidas los testaferros y verdugos a las órdenes de los genocidas.

Es terrorismo transmutar a los ángeles de la vida del Juramento Hipocrático en demonios de la muerte cambiando dicho juramento por el sello de verdugo a sueldo. Ustedes mismos, diputados, son conscientes del destino final que pudiera aguardarles de caer en manos ya no de médicos orientados exclusivamente a salvar vidas, sino de embrutecidos por el sistema que los hace carniceros y verdugos. Recordarán del derecho penal la anécdota del Chicago de los veintes; del periodista que preguntó al pistolero a sueldo que se sentía matar a un hombre. Al primero, espantoso, contestó. Al segundo horrible. Pero para el séptimo u octavo ya ni importa. Hay demasiadas constancias de esto para no tomarlo en serio. No sólo los individuos, sino las sociedades enteras son embrutecidas por el delito. Más aún, podemos decir que con el aborto es precisamente lo que se pretende, como que imposible es negar en este caso que la primera víctima junto con la razón es la ley.

Propio del terrorismo es el dar muerte sin motivo personal ni discernimiento. Mientras menos culpable sea cada víctima en lo individual más útil es para el anuncio de que no hay inocencia que salve, ni culpabilidad que lo sea, porque es la selva la que rige disfrazada de gobierno. Esta es la apoteosis del terrorismo para cualquiera con dos dedos de frente, y no hay alto puesto que resguarde, impidiendo, que ustedes mismos, diputados, sean sus próximas víctimas.

La primera amenaza del terrorismo apunta a la destrucción de la razón, y el medio más diabólico para embrutecer está en la institucionalización del engaño.

F R A U D E
En el portal de la SCJN sito en:

http://informa.scjn.gob.mx/documentos_enviados_por_los_ciudadanos.html/por el número 1291 (le han cambiado varias veces el número), con fecha 2008-06-27 y hora: 15:53:55 dejé, con toda anticipación, y para todos los visitantes, el comentario siguiente:

«Hoy completó la SCJN seis audiencias públicas fraudulentas sobre el tema:
“Despenalización del aborto hasta las 12 semanas de embarazo”

Audiencias públicas celebradas entre el 11 de abril y el 27 de junio de 2008.

Artículos del CPF aplicables a los responsables:

Artículo 386. Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

a) Los aspectos económicos del negociazo son ampliamente conocidos a nivel internacional. Está el agravante de los fondos públicos utilizados por una camarilla genocida contra la voluntad del pueblo todo de México, como prueba de ello, a pesar del financiamiento internacional a los grupos feticidas que los incentivaba a estar presentes, el Presidente de la SCJN admitió que el 70% de las solicitudes para comparecer fueron de opositores al feticidio; dio, sin embargo, el 50% y no el 30% de la comparecencia a los feticidas.

b) Los equívocos intencionales de índole absolutamente fraudulenta se desbaratan con cuatro silogismos:

M: Se puede matar a todo embrión por no ser persona.
m: Los 11 ministros de la SCJN fueron embriones
C: Se les pudo matar por no ser personas

Cara a la nación, y en la próxima audiencia pública, expliquen ustedes en virtud de que son ustedes ministros de la SCJN ¡sin ser personas!

Silogismo II
M: El delito de homicidio solo tutela a las personas
m: Se les pudo matar por no ser personas
C: Se puede matar a los 11 sin cometer homicidio

Es también de infantil comprensión, como lo fue para el Constituyente, que el momento de la concepción es el acto sexual.

Silogismo III
M: Sólo puede destruirse lo que existe.
m: Los 11 pudieron ser destruidos con anticonceptivos.
C: Los 11 estaban ya en el acto sexual de sus padres.

Silogismo IV
M: Se está (existe), sólo a partir del momento de la concepción.
m: Los 11 estaban ya en el acto sexual de sus padres.
C: El acto sexual de sus padres fue el momento de su concepción.

Tratándose de personas asesinadas no hay problema constitucional sino penal. La sola omisión del derecho penal, y la admisión de derecho réprobo por fraudulento y genocida, permite acusarlos, ministros, por obstaculizar a la justicia con su indebida intromisión; ya que la conducta exigible era solicitar del Ejecutivo Federal la intervención decisiva del titular de la PGR; para que, con fundamento en el Art. 149 Bis del C.P.F., solicitara los desafueros de los representantes de la AL del DF, y el ejercicio de la acción penal contra todos los que dejaron manifiestas conductas típicas penales de ese y otros artículos.

El fraude comenzó en la ALDDF por el título mismo de “aborto” que es ‘irresponsable’ al coincidir con el hecho accidental y no deseado del mismo nombre; tomado del inglés ‘abortion’ que se traduce como ‘feticidio’, ya que ‘miscarriage’ sería en inglés el correspondiente al accidental y no deseado.

Nada tiene de extraño que el fraude continuara con la insistencia machacona en el fraudulento ‘interrupción del embarazo’, porque como es obvio no radica ahí el mal, sino en sus consecuencias que exigen llamarle homicidio. ¿De cuándo acá han tolerado en sus juzgados que se use ‘acariciarle el corazón’ cuando el cuchillo acariciante lo mató? ¿Qué les pasa, ministros?

Esto dio lugar a que se trajera a colación acuerdos internacionales sobre interrupción del embarazo que carecen, por la misma falla, de relevancia alguna para su aplicación en nuestro suelo».

Como queda en claro por la fecha, 27 de junio de 2008, puse a consideración de todos los interesados de ambas partes que eran los apasionados concurrentes al portal de la Corte por Internet, y con cuatro sencillos silogismos, demostré que en la SCJN se estaba maquinando un fraude. Porque díganlo ustedes mismos, diputados; ¿es acaso creíble que 11 once ministros de la SCJN creyeran aún en la cigüeña como picuda concurrente siempre después de las primeras doce semanas de gestación? ¡Porque óiganme ustedes, ¿acaso se vale que se nos considere humanos sólo cuando a los criminales se les dé la gana de considerarnos tales?!!! Y los mismos cuatro silogismos eran ya del conocimiento de los ministros, ya que 6 seis días antes los había interpelado con los mismos silogismos como consta en mi escrito del 21 de junio de 2008, como está patente en “Mi blog”. Este escrito del 21 de junio titulado Interpelación a los Ministros es el medular al caso y a esta denuncia.


LA PREGUNTA:
¿Pueden aquellos que sólo saben matar y destruir dejar de seguir matando?

Esta es la pregunta más inquietante cuando se refiere a un partido político constituido en asociación delictuosa, con cómplices en otros partidos y en los distintos poderes, detentando formidable y numerosa fuerza pública, y aplicando grandes recursos presupuestales de manera criminal en perjuicio de la nación. Esto, que quisiéramos fuera una pesadilla, es por el contrarío, un sombrío y duro despertar constatable por cuatro tipos penales que, al cumplirse en todos sus elementos despejan todas las dudas: 1) Fraude, 2) genocidio, 3) traición a la patria y 4) terrorismo. (Artículos 386, 149 Bis, 123 y 139, del Código Penal Federal). El concurso de delitos iniciado por el PRD en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, y promulgado por el Ejecutivo en la persona de Marcelo Ebrard, culminó monumentado de constitucionalidad en la Suprema Corte de Justicia de la Nación cambiando así la esencia de nuestras leyes. Ahí donde la ALDF coludida con Marcelo Ebrard desató un genocidio de inocentes capaz de bajar a Herodes de su pedestal de monstruo, para dejarlo comparativamente en modesto principiante, la SCJN abrió las puertas al caudal de sangre inocente a nivel nacional para que pasara de las decenas de miles de víctimas sacrificadas, a los millones, sin otro límite que el número de embarazadas dispuestas a dejarse seducir y convencer de que el crimen si paga y conviene. Y la razón grita ¡basta! ¡No es posible! ¿Qué es esto!


Veamos lo accesorio al Marco Jurídico Obligado

Hemos procedido hasta aquí sin mención a las garantías individuales —que fraudulentamente se introdujeron para distraer la atención de los delitos penales primarios— por los actores y los ministros, ya que como hemos visto nunca fue necesario hablar de garantías individuales, o de cuando comienza la vida para hacer justicia en el caso, o a partir de cuando se es persona para cortar por lo sano y finiquitar el problema. ¿Se propondrían readmitir a la cigüeña como ciudadana con los más plenos derechos con tanta alharaca risible en 80 audiencias públicas, risible en todo menos en sus consecuencias?

Para el delito de genocidio no interesa que se use de armas atómicas, de cámaras de gas o, de lo que ha resultado más mortífero, de burradas.

Menos aún interesa cuando comienza la vida, asunto tan elemental que ya ni la niñez cree en la cigüeña. Lo que interesa al tipo penal genocidio es la integridad del colectivo; asunto que las víctimas del Mochaorejas entienden como pocos: la integridad a que también la patria tiene derecho, a estar físicamente completa en el número de sus miembros frente a la guadaña gigante del poder del estado perredista en el D.F.; frente a aquellos que son capaces de subrogarse el derecho a destruir el freno moral que es la única garantía real de los nonatos; y derecho de la patria a la integridad de sus generaciones futuras. Estas consideraciones fueron igual y oportunamente presentadas con toda anticipación al Pleno que nos resultó criminalmente asnal; y están publicadas en “Mi blog” fecha 21 de agosto — Carta abierta a Sergio Salvador Aguirre Anguiano (el ministro ponente) — 2008. Este escrito en concreto versa sobre el tipo penal genocidio y, a pesar de ser la única materia obligada al marco jurídico que nos ocupa, ni siquiera la palabra genocidio hizo aparición en la farsa escenificada a tan alto costo, como lo confirma el Portal de la Corte.

Pero esta mención del fraude, y del descaro para cometerlo, y de la proclividad al mismo de los ministros es necesaria para que todos puedan dar crédito al asombroso, y fraudulento manejo dado a la Ley Eminente por la SCJN desde la admisión misma de la Acción; contraviniendo la literalidad y el espíritu de la Constitución desde el Art. 1º de la misma que dice: “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución" —garantías dentro de las cuales, o la primera es la vida, o las demás se garantizan a los yacentes en el cementerio; e igualmente, o lo es en todo momento del intervalo vital humano, o dentro de los momentos no considerados tales por los déspotas puede cualquiera hacer burla de la Constitución impunemente y desde su primer artículo como demuestra la infamia que denuncio.

Repito: los denunciados dieron entrada a la Corte en contubernio criminal a dos Acciones de Inconstitucionalidad en vez de exigir la persecución del delito, dando con ello a entender que no había delito que perseguir; con lo cual estos guardianes traidores a la Constitución ABRIERON LAS PUERTAS A LOS PRIMEROS A QUIENES TENÍAN LA OBLIGACIÓN DE CERRÁRSELAS. De esta manera vaciaron de todo significado y sentido el resto de dicho artículo que dice: “las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece” suspendiendo así, y privando así, de todos sus derechos a un número hoy siempre en aumento de más de doce mil víctimas CONSTITUCIONALMENTE TUTELADAS; con la resultante de que estos inocentes fueron asesinados y torturados como atestiguan las cifras oficiales que son del dominio público.

En pocas palabras: la sola admisión del caso a juicio por llevar implícita la inocencia del legislador genocida que no sería castigado privaba a las víctimas de la tutela penal. No hubo, por tanto, juicio constitucional que de manera alguna pudiera merecer tal nombre, ¡sino la condena a priori al genocidio de las víctimas!, y la impunidad garantizada igualmente a priori, ¡para sus asesinos insaciables de sangre inocente!


LA PREMEDITACIÓN:
El delito de genocidio de jerarquía constitucional por el Tratado internacional contra el mismo era doblemente conocido por el pleno. Lo era, presunción juris et de jure, por razón del oficio de los denunciados; pero lo era igualmente por mi denuncia previa contra siete de los once que integraron el pleno que resolvió la controversia constitucional del 2000 sobre tema similar. La Ley Robles, también genocida, y también indebidamente admitida a juicio por la SCJN mereció denuncia ante la Cámara y está a sus órdenes en “Mi blog” con fecha 25 de marzo —2002.

El Pleno recibió más recordatorios. Con toda anticipación, el 21 de febrero del presente entregué en Oficialía de Partes un escrito dirigido al pleno con el título: “¡Urge echar fuera de la Corte ese delito!”. La importancia del asunto ameritaba entregar copia a todos los ministros, y así se hizo. Como consta por “Mi blog” están casi todos los sellos de las oficinas de los ministros sobre la primera página que es la que se exhibe. La fuerza de los argumentos, en especial el enlace histórico que se menciona entre los sacrificios humanos siempre históricamente ligados a Satanás, y el aborto, como móvil de este delito fue, en mi opinión, la razón de escenificar las audiencias públicas, y para dejarme fuera de ellas. Trataron de dar la apariencia de transparencia exhaustiva, y ahora sirve para demostrar lo opuesto.

Como queda claro por mi escrito del 18 de abril del 2008, —en “Mi blog”— fui el primero en solicitar comparecer en las audiencias públicas a que convocó la SCJN, y por razones hoy tan indudables como ilícitas se me negó ese derecho; a pesar del aforismo “primero en pedir, primero en derecho”. ¡Como que un delito preanunciado como tal impide su realización! ¡Nueva manifestación de dolo premeditado!

Todos estos escritos eran seguidos de llamadas telefónicas, y el 21 de junio del presente —en “Mi blog”— entregué la pieza clave titulada “Interpelación a los Ministros” con pruebas que harían indudable que la traición a la patria estaba en marcha, a favor de quién se hacía, y con qué consecuencias previsibles. El objetivo era obvio: señalar con todas sus pruebas la idea rectora del concurso ideal de delitos que, partiendo de las cámaras con su cómplice en el ejecutivo del D.F., dejarían a la Corte redondear contundentemente la entrega de la nación al poder asnal y genocida para el genocidio de todos los mexicanos que no acepten dicho poder. ¿Pueden ustedes, diputados, concebir terrorismo más alarmante que éste?

LA CLAVE:
Basta con quitarle a todo animal racional, lo racional, para justificar el incesante rebuznar del Pleno. La clave titulada “Interpelación a los Ministros” la aporté oportunamente a los ministros en términos severos. Entregué el escrito en Oficialía de Partes de la SCJN y en cada una de sus 11 once oficinas cumpliendo de manera exhaustiva con el Pleno. Para que no hubiera duda, la presencia del escrito en “Mi blog” se enfatizaba telefónicamente de manera persistente. Diariamente hacía contacto con la presidencia de la Corte. Tuve entrevistas con el Presidente, y con los ministros Margarita Luna, José Ramón Cossío, Genaro Góngora, y José de Jesús Gudiño. Los demás se negaron. Habiendo comenzado el año denunciando sacrificios humanos, en este escrito presente pruebas de su realidad y vigencia. Un escándalo, el más sonado de Europa en las últimas décadas que reivindica lo que la historia y la Santa Inquisición afirmaron sobre los judíos era ahora afirmado por los judíos mismos. El profesor Ariel Toaf, el mayor experto en el judaísmo medieval de la universidad Bar Ilan de Israel acabó siendo perseguido por Abe Foxman, el mandamás de la B’nai-B’rith y por los altos mandos del judaísmo internacional. Su defensor, igualmente franco sobre estos hechos fue ni más ni menos que Israel Shamir, ex Primer Ministro del Estado de Israel. “Mi blog” aporta el link que completa la información a través de Shamir.

Pero la clave tiene que explicar el fanatismo que, por un lado hace del judaísmo una fuerza aparentemente invencible, guiado por una idea criminal capaz de tanto derramamiento de sangre, insaciable, con el escaso nivel intelectual y el callo emocional correspondiente. Además del escrito mencionado, consideremos esta evidencia adicional relativa al sorprendente poder del Burro.

El Poder del Burro Internacional
Una de las mayores sorpresas con que toparon los analistas no judíos del Talmud de Babilonia que rige al rabinato judío, y con el que a su vez rigen a los judíos con los que pretenden gobernar al mundo es su “lógica”. Aprovechando las facilidades de consulta que ofrece el Internet, dejemos que sean los mismos del portal “Come and Hear” que expone la autorizada versión Soncino del Talmud quienes nos lo digan. En:

www.://TalmudCompl/come-and-hear-complete/come-and-hear/c/editor/critwords _1.html

http://www.come-and-hear.com/

Ba jo: The Roadmap, 3. Critical Words of Talmud Study, Logic of the Talmud, hallamos:

«In the West, we use a system of logic developed by the Greeks. One of our principles is, "not both A and not-A." That is, two opposing statements — such as "I was born blind" and "I was not born blind" — cannot both be true. (En occidente seguimos un sistema de lógica desarrollado por los griegos. Uno de nuestros principios es que ambas “A y no A” se excluyen; o sea, que dos afirmaciones opuestas tales como “Nací ciego y no nací ciego” no pueden ser ambas verdaderas).

«However, the Talmud and Talmudists are not restricted by this principle of logic. Two opposing statements can both be true at one and the same time. Famed Israeli Talmud scholar Rabbi Adin "Even Yisrael" Steinsaltz gives us an example. In the following, he states that on the issues where they contradict each other, opposing schools of Talmudists are both right». (Sin embargo, el Talmud y los talmudistas no están limitados por este principio lógico. Dos afirmaciones contrapuestas pueden ser ambas ciertas al mismo tiempo. El famoso talmudista israelí Rabino Adin "Even Yisrael" Steinsaltz nos da un ejemplo. En lo que sigue, establece que en los asuntos en que las escuelas del Talmud se contradicen ambas tienen razón.)

En el análisis de — “Babylonian Talmud”, Nazir 30b-31a —Edición Soncino 1961, pag. 110 concluye: «Remember, Rabbi Steinsaltz would have us understand of these two pronouncements that "both are the words of the living God." Neither Shammai nor Hillel can be wrong. Thus, the white bull is both sacred and not sacred. The silver denar is both sacred and not sacred. The cask of oil is both sacred and not sacred. We have also learned another lesson: the "words of the living God" are, in this case, synonymous with the words of the rabbis of the Shammai and Hillel schools.» (Recuerden, el Rabino Steinsaltz nos quiere hacer entender respecto a estas dos afirmaciones que ambas son “palabras del Dios Vivo.” Ni Shammai ni Hillel pueden equivocarse. Por tanto el toro blanco es, y no es, a la vez, sagrado. El denario de plata es y no es simultáneamente, sagrado. El barril de aceite es y no es sagrado. Aprendimos también otra lección: las palabras ‘del Dios vivo’ son, en este caso, equivalentes a las palabras de los rabinos de las escuelas de Shammai y de Hillel.)

Y aquí está el tremendo poder de burro hasta hace poco sólo ejercido por los rabinos sobre los infelices judíos y sobre nadie más; ya que mientras el hombre conserve la chispa de la inteligencia el poder despótico encuentra ahí sus límites; pero si el hombre cae bajo los rabinos como los infelices judíos han permanecido durante dos mil años por el Talmud para creer supersticiosamente que todas las contradicciones pueden ser reales y posibles simultáneamente; entonces, privados de la luz de la inteligencia sólo les queda el obedecer y cerrar filas para sobrevivir. Así han logrado que el pobrecillo del judío obedezca con un fanatismo inexpugnable e impermeable a toda penetración que lo saque del férreo control rabínico. Para que no quede duda, sigamos con la espléndida exposición de “Come and Hear”:

«In order to understand the union of opposites being espoused by Rabbi Steinsaltz, it is necessary to glimpse the doctrines of Judaic mysticism (the Kabbalah). Sandford L. Drob, Ph.D., Director of Psychological Assessment and Senior Forensic Psychologist at Bellevue Hospital in New York, will help us understand. In 1987, Dr. Drob cofounded the New York Jewish Review, which featured interviews and debates among leading rabbis, including Adin Steinsaltz, Moshe Tendler, David Bleich, and Norman Lamm. (Para entender la unión de los opuestos propuesta por el rabino Steinsaltz, es necesario echar un vistazo a las doctrinas del misticismo judío (La Cábala). Sanford L. Drob, Ph. D., Director de Evaluación Psicológica y Decano de Sicología Forense del Hospital Bellevue de Nueva York nos ayudará. En 1987, el Dr. Drob fue cofundador de la revista New York Jewish Review, que ofrecía entrevistas, y presentaba los debates entre los principales rabinos incluyendo a Adin Steinsaltz, Moshe Tendler, David Bleich, and Norman Lamm).

«Dr. Drob writes prolifically on Kabbalism and can explain the union of opposites. He begins with a description of the Kabbalist Ein-Sof (sometimes spelled Ein-sof or En-Sof)».(El doctor Drob escribe abundantemente sobre La Cábala, y puede explicar la union de los opuestos. Comienza con una descripción del Ein-Sof de La Cábala —escrito a veces Ein-sof o En-Sof). En lo que sigue, los (….) son del suscrito y señalan sus cortes al texto.

«Ein-Sof, the Infinite God, has no static, definable form. Instead, the Kabbalists conceive God, the world and humanity as evolving together (….)The Kabbalist's God is both perfectly simple and infinitely complex, nothing and everything, hidden and revealed, reality and illusion, creator of man and created by man. As Ein-Sof evolves it is progressively revealed as "nothing whatsoever" (Ayin),(.…) and ultimately the union of all contradictions(.. ..)Ein-Sof must be constantly redefined, as by its very nature, it is in a constant process of self-creation and redefinition. This self-creation is actually embodied and perfected in the creativity of humanity, who through practical, ethical, intellectual and spiritual activities, strives to redeem and perfect a chaotic, contradictory and imperfect world». (Ein-Sof, el Dios infinito, carece de una forma definida, estática. En vez de ello, los cabalistas conciben a Dios, al mundo y a la humanidad evolucionando juntos (….) El Dios de los cabalistas es ambas cosas, perfectamente sencillo e infinitamente complejo, todo y nada, oculto y revelado, realidad e ilusión, creador del hombre y creado por él. En la medida en que Ein-Sof evoluciona se va revelando progresivamente como “nada en absoluto” o Ayin.(….) y es finalmente la unión de todas las contradicciones (….) Ein-Sof debe ser redefinido constantemente, ya que por su misma naturaleza, está en un constante proceso de autocreación y redefinición. Esta autocreación se encuentra incorporada y perfeccionada en la creatividad de la humanidad; la cual, a través de actividades espirituales, intelectuales y prácticas lucha por redimir y perfeccionar un mundo caótico, contradictorio e imperfecto.)

—Sanford L. Drob

«Certainly, this is a different view of God and logic that not many can understand. The Creator and the created are evolving together; statements can be true and false at the same time, as Rabbi Steinsaltz says. Thank you, Dr. Drob, for clarifying». (Ciertamente esta es una visión diferente de Dios y de la lógica que no muchos pueden entender. El Creador y lo creado evolucionando juntos; afirmaciones que pueden ser verdaderas y falsas a la vez, como dice el rabino Steinsaltz. Gracias Dr. Drob por aclarar.) —Tras de esto ¿qué decir?

Que el poder absoluto corrompa y prive de la razón absolutamente, al grado de que estos rabinos se sientan creadores de Dios y redentores del mundo, mostrando así la razón de fondo de su rechazo a Cristo no debiera sorprendernos. Al menos si nos hemos sentido intrigados por el poder con que manejan a su gente —poder absoluto que corrompe absolutamente— y que los enfrenta con los demás pueblos.

El antisemitismo es algo intencionalmente provocado para conservar al judío esclavo del rabino, hacerlo vivir el riesgo, sentir cerca a la policía, la amenaza de persecución y la muerte. El Talmud predica desde hace quince siglos como mínimo que quien desobedece a los rabinos es reo de muerte. Y predica igualmente que los no judíos somos sólo animales cuya forma humana nos fue dada para servir al judío, pero que como animales no podemos ser propietarios ni ejercer la patria potestad sobre nuestros hijos. Esto lo han predicado a través de las doctrinas totalitarias en las que los bienes de producción son del estado, donde el estado son ellos; y que los hijos son del estado, para ellos educarlos en esclavitud, corromperlos con pornografía y destruirlos humanamente con el aborto y la homosexualidad. Quitarle sus bienes a un animal no es robo; matarlo, obviamente tampoco es homicidio; y predican que destruir nuestros templos y nuestras imágenes es un deber; el que mata a un cristiano hace una ofrenda agradable a Dios. Todo esto ha sido no cuento, sino realidad histórica ahí donde se han hecho dueños del poder, como que con esas bases, y con esa lógica, todo mal es posible. El aborto promovido es una de tantas muestras fehacientes.

Y si la traición es tremenda, peor resulta cuando se hace con fines de esclavitud a los amos más terribles que se pueda concebir, al implacable rabinato judío. Más dejé en claro, y muy oportunamente, en mi “Interpelación a los Ministros” que aparece en “Mi blog” con fecha 21 de junio. En ella alerto desde el encabezado:

En las audiencias públicas sobre el aborto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha quedado en claro que, tras la máscara del laicismo, se está sustituyendo a las leyes tradicionales de occidente fundadas en los diez mandamientos por el Talmud de Babilonia del rabinato judío. Código que nos condena a muerte por creer en Jesucristo como ya lo está haciendo con los nonatos.

De esto fueron advertidos con dos meses de anticipación, ya que el pleno presentó, debatió y votó todo lo referente a la Acción de Inconstitucionalidad de referencia entre la vespertina del día 25 veinticinco, hasta la matutina del 28 de agosto del presente, tuvieron este escrito para resolver, no sólo el destino de las generaciones futuras de la patria ratificando o privándolas de la tutela jurídica en las primeras doce semanas del embarazo; sino igualmente al resto de los mexicanos que creemos en Jesucristo en aplastante mayoría para quedar igualmente condenados a muerte; ya que como queda claro, y publicado para beneficio de todos en la que sería la página 4/15 — (los blogs no van por lo general paginados) digo: “Y la contraparte --sacrificios humanos incluidos-- que se ha ocultado por siglos tras la máscara del laicismo es el Talmud de Babilonia; un código completo que tiene más de 1500 años, y que al igual que la Iglesia tiene que ser tomado en serio en su conjunto; ya que, como debiera ser evidente, los códigos existen para su aplicación integral.” De manera que, condenando a muerte a los menos culpables sobre la tierra, quedan en evidencia por programar un genocidio y traición sin límites contra todos.

En el aludido “Interpelación a los Ministros” me apoyo en la versión Soncino del Talmud. La del P. Pranaitis que en el internet tiene mención en 50 cincuenta páginas de diez citas cada una, o sea unas 500 menciones por su interés global, entresaco lo siguiente:

8. (Pag. 50) —ELLOS SOLO EN LA FORMA DIFIEREN DE LAS BESTIAS. En Mídrasch Talpioth (fol. 225d) , se lee:
"Dios les dio a ellos forma de hombre para la gloria de Israel. Pero los Akum fueron creados con el solo fin de servirlos a ellos (los judíos) día y no­che. Nunca serán aliviados de este servicio. Es propio del hijo de un rey (un israelita) que los animales en su forma natural, y los animales con forma de seres humanos estén a su servicio".

Podemos citar aquí también lo que, está escrito en el Orach Chaiim, 57, 6a:

"Si se debe tener lástima de los cerdos cuando sufren de una enfermedad, porque sus intestinos son semejantes a los nuestros, con cuánta más razón se debe tener compasión de los Akum cuando de este modo se vean afligidos".

Una vez que este racismo radical es aceptado, el matar un judío a un no judío no puede ser homicidio; el robar un judío a un no judío, lejos de constituir un robo es un acto de justicia, de reivindicación de la legítima propiedad para los judíos. Más aún, matar a un no judío puede ser un acto de fe, indispensable, en lo que enseñan los rabinos. ¿Qué ocurre entonces con la explosión demográfica, cundo los judíos van perdiendo el control sobre el mundo por ser minoría insignificante que no puede reproducirse al veinte mil por ciento para conservar su importancia global relativa? La respuesta nos la da:

11.-(Pag. 51) — SE PROPAGAN COMO BESTIAS.

En Zohar (II, 64b), dice así:

"El rabino Abba dice: Si únicamente los idólatras tuviesen relaciones sexuales, el mundo dejaría de existir. De aquí que nos enseñan que un judío no debe entregarse a estos ladrones infames. Porque si éstos se propagan en mayores cantidades, será imposible para nosotros continuar existiendo por cau­sa de ellos. Porque ellos dan a luz lactantes lo mismo que los perros".

De aquí provienen las campañas de control natal y la justificación de los anticonceptivos.

En el Sanhedrín (74b) Tosephoth, dice así:

"La relación sexual de un Goi es igual que la de una bestia".

Y en Kethuboth (3b) se lee:

"El semen de un Goi tiene el mismo valor que el de una bestia".

12. HIJOS DEL DIABLO.
El mejor argumento que esgrimen los judíos para probar que los cristia­nos pertenecen a la raza del demonio es el hecho que ellos están incircuncisos. El prepucio de los no-judíos les impide ser llamados hijos del Altísimo. Por cuanto mediante la circuncisión el nombre de Dios —Schaddai— se integra en la carne de un judío circuncidado. La forma de la palabra Isch se encuentra en las ventanas de su nariz, la palabra Daleth en la curvatura de su brazo, y aín aparece en su órgano sexual mediante la circuncisión. En los paganos no circuncidados, por lo tanto, tales como los cristianos, sólo existen las dos pala­bras, Isch y Daleth, que componen la palabra Sched, que significa demonio. Ellos, por lo tanto, son hijos del Sched, del demonio.

13. LAS ALMAS DE LOS CRISTIANOS SON MALVADAS E IMPURAS.
La enseñanza de los judíos es que Dios creó dos naturalezas, una buena y la otra mala, o una naturaleza, dividida en dos partes, una pura y la otra impura. De la parte impura, llamada Keliphah —pellejo, o costra roñosa—, se dice que provienen las almas de los cristianos.

En Zohar (I, 131a), dice así:

"Los pueblos idólatras, sin embargo, desde que existen, ensucian el mun­do, debido a que sus almas provienen de la parte impura".

Y en Emek Hammelech (23d) , dice:

"Las almas de los impíos provienen de Keliphah, que es la muerte y la sombra de la muerte".

En Zohar (I, 46b, 47a), se continúa señalando que esta parte impura es la del lado izquierdo, de donde provienen las almas de los cristianos:

"Y él creó todo ser viviente, o sea, los israelitas, porque ellos son los hijos de Dios, el Altísimo, y sus almas sagradas provienen de Él. Pero, ¿de dónde provienen las almas de los gentiles? El rabino Eliezer dice: del lado izquierdo, lo que hace que sus almas sean impuras. Por lo tanto ellos son todos impuros y se contaminan todos aquellos que tienen contacto con ellos".

Pruebas recientes de que el racismo judío llega tan hondo como para diferenciar entre las almas de manera radical se ofrecieron oportunamente a los ministros en el mismo “Interpelación a los Ministros” (en la que sería pág. 6/15) de lo publicado por el rabino Feldman:

“Como podemos apreciar ya a estas alturas, si sólo un decreto rabínico puede establecer el cuándo, también será el único para establecer el qué. De dichos decretos dependerá que usted sea o no sea humano, y el Talmud, como veremos en su momento, se declara en contra de la humanidad del no judío. A estos efectos aclara el rabino Feldman en la parte IV del mismo artículo, “It’s not when the soul enters, it’s what kind of soul enters” (No se trata de cuando entra el alma, sino del tipo de alma que entra) llevando con ello el tradicional racismo judío ¡hasta el alma misma!”

Y como era de esperarse:

IV. (Pág. 80) EL JUDÍO QUE MATA A UN CRISTIANO NO COMETE NINGÚN PECADO, SINO QUE OFRECE UN SACRIFICIO GRATO A DIOS.


En Sepher Or Israel (177b), dice así:

"Quita la vida de un Kliphoth y mátalo, y le complacerás a Dios de la misma manera que uno que le ofrece incienso a él".

Y en lalkut Simoni (245c. n. 772), dice así:

"Todo el que derrama la sangre de los impíos es tan grato a Dios como el que le ofrece un sacrificio a Dios".

Cumplimiento del Evangelio:
“Os expulsarán de las sinagogas. E incluso llegará la hora en que todo el que os mate piense que da culto a Dios". (Juan 16:2)

Los códigos existen para su aplicación integral

Como vemos, el teatro fraudulentamente escenificado desde el proyecto para despenalizar el aborto feticida a partir de la duodécima semana del embarazo en la ALDDF, hasta la votación del Pleno los últimos días de agosto de este año difiere en el fondo tanto de lo que llegó al pueblo de México por los medios de difusión, como para merecer el calificativo de “El mayor y más espeluznante de los fraudes” y del “Más terrible complot” de la historia de México”.

Nada han dejado en la Constitución que garantice, siquiera, nuestro derecho mínimo a la supervivencia. Nada, que pueda catalogarse como ordenamiento jurídico. Sólo, con decenas de cadáveres de inocentes, el de nuestra una vez altiva Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Su magnicidio se habrá consumado de dejar ustedes este delito impune. Y la nueva constitución que se proyecta, tenemos indudable certeza, servirá para embrutecer a los mexicanos dejándolos a merced del razonar del burro.

Veamos más evidencias tomadas de mi “Interpelación a los ministros” radicada para ustedes en “Mi blog”, tomadas de la edición Soncino:

“El rabino Michael L. Rodkinson dice a este respecto: “El Talmud …es la forma escrita de aquello que, en tiempo de Jesús, se llamaba la tradición de los antiguos, y a la cual él alude frecuentemente.” Sin embargo, la Biblia no entra en detalles sobre el porqué Jesús les llama “sepulcros blanqueados que por fuera se ven hermosos, pero por dentro están llenos de de huesos y de podredumbre de cadáveres.” (Mateo 23:27) El Talmud de Babilonia aclara el asunto. Veamos algunos ejemplos tomados de asuntos actuales comenzando por la pederastia recordándoles, ministros, que los códigos no se imponen para su aplicación parcial, sino integral: Tratándose del sexo masculino, la pederastia se admite legal con tal de que el niño tenga menos de nueve años y un día. Esto se encuentra en el tratado Sanedrín 54b. Tratándose del sexo femenino, una niña puede ser tomada en matrimonio por un sacerdote a la edad de tres años y un día, Yebamoth 60b. En dos tratados: Kethuboth 11b y Niddah 45a, sostienen los rabinos que un hombre adulto puede realizar el coito con una niña, siempre y cuando sea menor de tres años, ya que a esa edad recupera su virginidad naturalmente.

Y el mensaje terrorista del Talmud: No hay diferencia entre el bien y el mal, solo el que indique la opinión de los rabinos…

“A este respecto En Sanedrín 64a y 64b están los debates que definen: a) Las circunstancias bajo las cuales adorar a un ídolo es idolatría; b) que ídolos pueden ser adorados sin incurrir en idolatría; c) que partes y en que combinación en el sacrificio humano de un niño (judío) son punibles; d) como puede haber sacrificios humanos de niños (judíos) sin violar las prohibiciones del Levítico.

“Como se estableció arriba: “… la distinción crucial entre matar y asesinar depende de la definición y estado de la vida que se toma – definición que, como observa Feldman, es metafísica y religiosa, más que científica: Y la diferencia entre la vida fetal y la vida humana no la determina el biólogo o el médico, sino el metafísico. Es la determinación de la cultura o de la religión la que declara no cuando comienza la vida, sino cuando esta comienza a ser humana.”

Reiteramos: Por el Talmud los actos del hombre dejan de clasificarse como lícitos o ilícitos en sí. Y esto para privar de sentido al derecho natural y a la razón a la que este alude. Queda, únicamente, la autoridad del rabino; y habiendo este hecho de Dios una caricatura, ya que hasta su descripción es un invento rabínico, y sin el Pecado Original el culpable de todos los desmanes de los hombres pueden los rabinos presumir de ‘estar creando al mismo Dios y redimiendo al mundo’.

¡A esta sarta de burradas nos están entregando autoridades hasta hoy impunes!

El rabinato, con esta maraña de idioteces usurpa el lugar del Único Bueno, del Único Soberano respetable por encima de todas las cosas. Ha consumado el pecado de Satanás para sus mismos fines, para ser adorados ellos en vez de Dios. Se cumple con precisión el Evangelio: “Vosotros sois de vuestro padre el diablo y queréis cumplir los deseos de vuestro padre. Este era homicida desde el principio, y no se mantuvo en la verdad, porque no hay verdad en él; cuando dice la mentira, dice lo que le sale de dentro, porque es mentiroso y padre de la mentira”. (Juan 8:44)

¡A este satanismo están entregando a México!

Y el mensaje terrorista del Talmud es real: En él no hay diferencia entre el bien y el mal, solo el que indique la opinión de los rabinos que puede fácilmente plasmarse como derecho positivo en la ALDDF, promulgarse por medio de Marcelo Ebrard, y validarse y extenderse por medio del rebuznar adicional de la SCJN!

Toda duda al respecto la despeja el Talmud: “En Sanedrín 64a y 64b están los debates que definen: a) Las circunstancias bajo las cuales adorar a un ídolo es idolatría; b) que ídolos pueden ser adorados sin incurrir en idolatría; c) que partes y en que combinación en el sacrificio humano de un niño (judío) son punibles; d) como puede haber sacrificios humanos de niños (judíos) sin violar las prohibiciones del Levítico.

Y de los sacrificios de niños cristianos no dejan duda ni la historia, ni el profesor Ariel Toaf, ni Israel Shamir.

El aborto no es otra cosa. Cámbienle de ropaje (argumentaciones) cuantas veces quieran que, como refrenda el refrán, aunque la mona se vista de seda, ¡en mona se queda!

¿A esta barbarie de origen e imposición satánica quieren condenar a México diputados?
¿A este, el más absoluto despotismo concebible?
¿A esta, la más sangrienta tiranía, de la que el aborto justificado por millones en el mundo con sus ríos de sangre no deja duda?
¿A esta, que nos condena a muerte por ser cristianos?

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, a su patriotismo pido:

PRIMERO: Se reciba esta denuncia en sus términos, otorgándoseme la coadyuvancia de conformidad con el Art. 20, inciso C, subinciso II de la Constitución Política.

SEGUNDO: Se resuelva la acumulación de procedimientos que solicito, ya que el concurso ideal de delitos pretende la entrega de nuestras leyes e instituciones a un imperio mundial regido por el Talmud de Babilonia. Las pruebas de ello están en mi multicitado escrito “Interpelación a los Ministros” ya publicado en “Mi blog” y gratuitamente a su disposición en www.nullacaritassineiustitia.blogspot.com.

TERCERO: Se abra Juicio Político para confirmar las violaciones previstas en el Art. 7º, I, III, V, VI, VII y VIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; con especial énfasis en el último párrafo de la fracción VIII aludida que establece: “El Congreso de la Unión valorará la existencia y gravedad de los actos u omisiones a que se refiere este artículo. Cuando aquellos tengan carácter delictuoso se formulará la declaración de procedencia a la que alude la presente ley y se estará a lo dispuesto por la legislación penal.

CUARTO: Proceda la Cámara a integrar la Sección Instructora que pueda recibir la Declaración de Procedencia con la urgencia que el caso reclama.



Protesto lo necesario
México D.F. a 13 de noviembre de 2008.
¡QUIEN COMO DIOS!

Luis de Guerrero Osio y Rivas
Ciudadano de la República

martes 26 de agosto de 2008

¿Nuestra SCJN, o Nuestro Pollino?

Única ventana al Pleno

La Acción de Inconstitucionalidad cuyo motivo oculto bien puede ser el genocidio del pueblo de México sigue adelante. Las fallas incurridas por el ministro ponente Sergio Salvador Aguirre Anguiano han sido expuestas, en parte, en el escrito que aparece abajo. Estas fallas van dejando sus secuelas nefastas, por las que el ponente ha quedado hasta hoy preso de sus propios errores.

Ni en el proyecto de resolución, ni en las participaciones de los ministros hasta hoy aparecen los derechos plenos a debatirse, mucho menos las obligaciones. Podemos comparar lo que se ha manifestado en la Corte al caso de un atropellamiento: Al conductor ni se le menciona en cuanto responsable, y la víctima está en duda que lo sea, dado que su naturaleza humana se presenta dudosa al Pollino; basta con negar su humanidad ¡y asunto resuelto! Que se trate de 12,000 atropellados hasta hoy, de 12,000 muertos no añade nada al caso mientras no se reconozcan sus derechos, ¡y que difícil cuando el Pollino cree tener que debatir su misma humanidad!

Me estoy refiriendo, obviamente, a las obligaciones derivadas del acto sexual. Obligaciones que el Pollino, al igual que el resto del reino animal desconoce en el terreno jurídico; aunque eso sí, pretensiones el Pollino sí que tiene, y hasta constitucionales.

¿Qué queda entonces?

Eliminado el responsable, y eliminada la víctima del atropellamiento, sólo queda el mecanismo de transmisión mencionable como acelerador, freno, y tuercas complementarias; y el análisis --eso sí, muy científico-- de sus partes. Resulta hasta de infantil comprensión que los personajes restantes, o mecanismo de transmisión 'óvulo y espermatozoides' configurando paulatinamente cigoto, embrión y feto, serán dudosa materia de derecho porque éste, tratándose del causante de la acción que exige ser sujeto de derechos y obligaciones, por artificio extrajurídico; irracional y criminal, se le permite aparecer unicamente como derechohabiente sin responsabilidad alguna. De esta manera la monstruosa ficción a la que se da el nombre de mujer es acreedora a leyes especiales y privativas, y a privilegios tales, que puede destruir al ser humano que lleva adentro porque dicho ser humano depende para vivir del mínimo afecto de una madre; asunto que, para el Pollino, sólo da lugar a mentarle la mula, porque la madre...

Pollino no quiere quedarse atrás en la paternidad de lo que llama mujer, y tiene razón en su maridaje con la Asamblea Legislativa, mula de concurso si las hay; que en la competencia entre rarezas y ficciones, donde ya ni el 'matrimonio homosexual' escandaliza, pudiera el derecho a ser canibal la próxima hazaña de Pollino para beneficiar a la mujer. ¿Quiere apostar algo?

Pero si a esta ficción jurídica --afortunadamente menos común de lo que se hace creer-- llamada mujer para que pueda competir con su contraria, la verdaderamente humana, se le otorgan derechos para matar a un hijo, podrán negársele a la larga el derecho a suspender el intervalo vital del marido; del padre, del hermano, del vecino? ¡Ni modo que le exijamos a Pollino que lo piense!

Para ir eliminando dudas compareció el ministro Góngora Pimentel para manifestar lo acostumbrado: Su preocupación fue por la morbilidad materna a la que hay que sacrificar, por ley, a las generaciones futuras de la patria, ¿pero de cuando acá se ha visto que Pollino tenga patria? Ahora resulta que términos como embarazo son demasiado imprecisos para que puedan ser considerados por el derecho penal cuya naturaleza es precisa!!! ¿Puede haber imprecisión sobre el estado de embarazo en el caso de un aborto? Tras hablar del derecho a la libre maternidad que resultó el derecho a su contrario, a matar al hijo para no ser madre... Libertad, ¡cuántos crímenes se cometen en tu nombre!, pasó al principio de progresividad, y al derecho de no regresividad... ¿Pero progresividad hacia dónde? Adivinó usted porque no hay de otra: hacia el genocidio. Fue muy claro: No considera el proyecto los avances en los derechos de reproducción (Y entiéndase sólo lo contrario, a la no reproducción). Y como justificación de la insignificancia que él otorga al nasciturus, ¡habló del hecho constatable de que nunca se extiende un certificado de defunción por la muerte natural de un feto! ¿Se le habrá ocurrido que se debe a que un acta de defunción requiere de un acta de nacimiento previa? Ay pollino...

Continuación del 29-31 de agosto.

Cumplida la votación por la que el Pollino ya dio el burrazo, sólo nos queda por confirmar (El Universal), la precisión con que se cumplió lo anunciado en este mismo blog el 21 de junio de 2008, y que nos da el sentido pleno de lo actuado:


“Carlos Avilés
El Universal
Jueves 28 de agosto de 2008

“La Suprema Corte de Justicia abrió la puerta para que la despenalización del aborto en las primeras 12 semanas de embarazo pueda ser aplicada en cualquier estado, luego de que ocho de los 11 ministros avalaron la medida adoptada en 2007 por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

“Aunque dejó la votación final para la sesión de hoy, la mayoría en el pleno acordó que los derechos de la mujer deben privilegiarse por encima de los derechos que tiene “el concebido no nacido”.


Véase abajo en: la Interpelación a los Ministros de la SCJN, del sábado 21 de junio de 2008, bajo La Contraparte el párrafo:


El rabino Feldman es claro al respecto:

Un principio en la visión judía del asunto es tza’ara d’gufah kadim, consistente en que su bienestar, y el evitarle el dolor ocupan el primer lugar. Por tanto, las indicaciones de la madre cuentan donde las indicaciones fetales no cuentan… No se trata de que el feto tenga derecho de nacer o de que el marido tenga derecho a su hijo, sino que es el bienestar de la madre el que ocupa el primer lugar, y para algunos es la única consideración a tomarse en cuenta para un aborto.”


Lo que permite concluir:

Todo lo ocurrido en el sonado caso de la SCJN fallando sobre la constitucionalidad del genocidio --al que evitó mencionar por nombre, por maquinación, y por maña-- se redujo a rebuznar para dar entrada al Talmud de Babilonia en sustitución de los Códigos antes exclusivamente cristianos de occidente; triunfo temporal de los rabinos sobre el sacerdocio católico; y promesa, próxima a cumplirse, de condenarnos a muerte por nuestra fe en Jesucristo.


Esta realidad es constatable por las pruebas que se aportan dentro del texto de la Interpelación a los ministros. Ahí donde aparece: una indicación de URL hay que hacer click para ver las evidencias. Sobre todo esto insistí personalmente ante los ministros. Y hay más en:


http://informa.scjn.gob.mx/documentos_enviados_por_los_ciudadanos.html

por el número 1291, con fecha 2008-06-27 y hora: 15:53:55 dejé para todos los visitantes el comentario siguiente:


Hoy completó la SCJN seis audiencias públicas fraudulentas sobre el tema:


“Despenalización del aborto hasta las 12 semanas de embarazo”


Audiencias públicas celebradas entre el 11 de abril y el 27 de junio de 2008.


Artículos del CPF aplicables a los responsables:

Artículo 386. Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

a) Los aspectos económicos del negociazo son ampliamente conocidos a nivel internacional. Está el agravante de los fondos públicos utilizados por una camarilla genocida contra la voluntad del pueblo todo de México, como prueba de ello, a pesar del financiamiento internacional a los grupos feticidas que los incentivaba a estar presentes, el Presidente de la SCJN admitió que el 70% de las solicitudes para comparecer fueron de opositores al feticidio; dio, sin embargo, el 50% y no el 30% de la comparecencia a los feticidas.

b) Los equívocos intencionales de índole absolutamente fraudulenta se desbaratan con cuatro silogismos:

Silogismo: Se puede matar a todo embrión por no ser persona

-------------Los 11 ministros de la SCJN fueron embriones

................Se les pudo matar por no ser personas


Cara a la nación, y en la próxima audiencia pública, expliquen ustedes en virtud de que son ustedes ministros de la SCJN ¡sin ser personas!


Silogismo II
: El delito de homicidio solo tutela a las personas

....... Se les pudo matar por no ser personas

........Se puede matar a los 11 sin cometer homicidio


Es también de infantil comprensión, como lo fue para el Constituyente, que el momento de la concepción es el acto sexual


Silogismo III
: Sólo puede destruirse lo que existe

Los 11 pudieron ser destruidos con anticonceptivos

Los 11 estaban ya en el acto sexual de sus padres


Silogismo IV: Se está (existe), sólo a partir del momento de la concepción

...........Los 11 estaban ya en el acto sexual de sus padres

El acto sexual de sus padres fue el momento de su concepción


Tratándose de personas asesinadas, no hay problema constitucional, sino penal. La sola omisión del derecho penal, y la admisión de derecho réprobo por fraudulento y genocida, permiten acusarlos, ministros, por obstaculizar a la justicia con su indebida intromisión; ya que la conducta exigible era solicitar del Ejecutivo Federal la intervención decisiva del titular de la PGR; para que, con fundamento en el Art. 149 Bis del C.P.F., solicitar los desafueros de los representantes de la AL del DF, y el ejercicio de la acción penal contra todos los que dejaron manifiestas conductas típicas penales de ese y otros artículos.


El fraude comenzó en la ALDF por el título mismo de “aborto” que es ‘irresponsable’ al coincidir con el hecho accidental y no deseado del mismo nombre; tomado del inglés ‘abortion’ que se traduce como ‘feticidio’, ya que ‘miscarriage’ sería en inglés el correspondiente al accidental y no deseado.


Nada tiene de extraño que el fraude continuara con la insistencia machacona en el fraudulento ‘interrupción del embarazo’, porque como es obvio no radica ahí el mal, sino en sus consecuencias que exigen llamarle homicidio. ¿De cuándo acá han tolerado en sus juzgados que se use ‘acariciarle el corazón’ cuando el cuchillo acariciante lo mató? ¿Qué les pasa, ministros?


Esto dio lugar a que se trajera a colación acuerdos internacionales sobre interrupción del embarazo que carecen, por la misma falla de relevancia alguna para su aplicación en nuestro suelo.


¿Se podía haber advertido de manera más clara y severa a los responsables?



BALANCE DE UNA RESOLUCIÓN


Ante un abismo de injusticia consistente en doce mil víctimas humanas, y su mayor número aún de verdugos impunes se sentaron a deliberar once jueces. Los hechos gritaban genocidio, el tipo penal estaba dispuesto; pero las intenciones de los jueces eran criminales. El voto de ocho contra tres, que ni siquiera condujo a la renuncia de los tres, mucho menos a la justificación de ninguno, sólo abre las puertas de doce mil a doce millones de muertos más. La razón grita: ¡No es posible! ¿Qué es esto!


¿Veremos doce millones muertos como los doce mil primeros, tan muertos estamos ya?


¡Qué sistema político tan fecundo en monstruos! ¡Qué escuelas de derecho tan productivas en burros! ¡Qué país tan agobiado por la criminalidad que no cae en cuenta de que dejar impunes a estos jueces y a los legisladores es permitirlo todo con tal de que sea nefasto!


Qué se debe permitir suprimir generaciones enteras aprovechando las primeras doce semanas de embarazo; que la Selección Nacional de fútbol debe permitir que se le hagan cuantos goles quieran los contrarios los doce primeros minutos por ser esto menos grave que los primero. Ojo, la SCJN ya dijo lo contrario. ¡Y quieren ustedes que siga rebuznando el burro en vez de agarrarlo a palos!


Qué deba usted de dejar sin resguardo su casa las primeras doce semanas del año, a su mujer ante los doce primeros; que la Constitución admite el aborto, que el Constituyente era idiota. Qué la Constitución inútil para impedir tal desastre deba seguir sirviendo para que ganen sus sueldazos, disfruten de sus fueros, y entre sonoros rebuznos hagan del derecho el chueco, y del inteligir el idiota. ¿De verdad quieren oír que siga rebuznando el burro?


¿O podremos lograr que la Cámara de Diputados enjuicie debidamente a estos criminales por genocidio y traición a la patria de conformidad con la Ley de Responsabilidades?


Las denuncias contra el Procurador General de la República, los legisladores de la ALDF y Marcelo Ebrard aparecen más abajo. Son muestra de lo que debe seguir.



jueves 21 de agosto de 2008

Carta abierta al ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano.


Ministros: Están desperdiciando tiempo valioso para la SCJN, la solución es sencilla e inmediata de conformidad con nuestro derecho penal. La solución es única, penal, conforme a los considerando siguientes:



ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

146/2007 Y SU ACUMULADA

Señor Ministro:

Sus gravísimas omisiones, equívocos y sinrazones quitan toda seriedad a su proyecto resolutivo. Se ha tomado usted 14 meses de estudio y 610 páginas para producir lo indignante.

Primera omisión constitucional:

No es posible creer tras más de diez mil feticidios cometidos en el Distrito Federal al amparo del Gobierno Perredista, y hasta hoy impunes, que su ignorancia sobre las leyes que nos rigen llegue al extremo de desconocer el Art. 149-Bis del Código Penal Federal que establece que:

“ Comete el delito de genocidio el que con el propósito de destruir, total o parcialmente a uno o más grupos nacionales o de carácter étnico, racial o religioso, perpetrase por cualquier medio, delitos contra la vida de miembros de aquéllos, o impusiese la esterilización masiva con el fin de impedir la reproducción del grupo”.

Menos creíble aún, dada su membrecía como ministro de la Suprema Corte encargada de velar por la aplicación de la Carta Magna que la admire, desde su primer artículo, desligada del derecho penal que le da a la vez sentido y respeto.

“En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece”.

¿Garantías sin penalización proporcionada a las violaciones a la misma?

O que conociendo el Art. 133 Constitucional:

“Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los Jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.” lo niegue para sus efectos: Repito del párrafo anterior: serán la Ley Suprema de toda la Unión, en referencia a la jerarquía del 149-Bis citado arriba, derivado de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio firmada por México el 14 de diciembre de 1948; y ratificada por México el 22 de julio de 1952 en los muy precisos términos del 133 Constitucional PARA QUE ANTE MÁS DE DIEZ MIL INOCENTES SACRIFICADOS AL DEMONIO ¡USTED SE HAGA DE LA VISTA GORDA!

He aquí los datos de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, de Ginebra, Suiza:

http://www.unhchr.ch/spanish/html/menu3/b/p_genoci_sp.htm

Se cumplen todos los elementos del tipo:

a) Comete el delito de genocidio el que con el propósito de destruir (ya hay más de diez mil víctimas que hacen prueba plena) El supuesto derecho de ‘la mujer’ a hacer con su cuerpo lo que le venga en gana confirma el propósito de destruir, ya que dicho ‘derecho’ es inexistente no sólo en la mujer, sino en todo ser humano. No es admisible el derecho a drogarse, emborracharse y tomar el volante; a usar del cuerpo como arma, a violar etc. Estas ridículas falacias confirman el propósito de destruir al no poder haber otro.

La burrada de afirmar que el cuerpo del hijo es mero apéndice del cuerpo de la madre, para luego dogmatizar sus facultades jurídicas para matarle transmutando el delito en derecho, ¿no confirma el propósito de destruir? La retahíla de sandeces más asnales de la historia ¿no confirma el propósito de destruir? Disfrazar de derecho a la salud el asesinato de un ser humano ¿no confirma el propósito de destruir? Cambiar los papeles de verdugo por víctima y víctima por verdugo para sacar adelante el derecho a asesinar ¿no confirma el propósito de destruir? Preocuparse porque la asesina vaya a sufrir algún daño en la ejecución de su crimen ¿no confirma el propósito de destruir? Exigir en consecuencia que el aborto deba ser ‘seguro’ ¿no confirma el propósito de destruir? Convertir los delitos en derechos ¿no confirma el propósito de destruir? Desarmar el derecho penal quitando las penas ¿no confirma el propósito de destruir? Quedar satisfechos con la muerte de un inocente en vez de ejecutar al violador ¿no confirma el propósito de destruir? Sumar toda esta idiotez para acabar con la inteligencia humana y con la vida de las generaciones futuras ¿no confirma el propósito de destruir? Disfrazar de derecho tal conjunto de rebuznos ¿no confirma el propósito de destruir el derecho y la razón, para reducir al hombre a bestia? Seguir este proceso por la vía legislativa en perjuicio de todos y con beneficio real para nadie ¿es conforme a la Constitución?

Y sobre esto ¿querer negar el genocidio sobreseyendo tratados internacionales y el C.P.F.?

¿Qué le pasa Ministro?

b) total o parcialmente (Ya suman más de diez mil, no exige el tipo penal que se pretenda la destrucción total de la población de México) a uno o más grupos nacionales (los nonatos del D.F. privados de la existencia) o de carácter étnico o religioso

c) perpetrase por cualquier medio (Lo estamos viendo en acción. El más idóneo es la legislación forjada de falacias ante las que usted se ha mostrado indolente).

d) delitos contra la vida de miembros de aquellos. Más de diez mil semejantes --aunque asesinados en etapa tempranera de sus vidas-- impiden negarlo. Inicia el delito por el fraude de llamar derecho al delito, por el eufemismo de llamar a un homicidio ‘suspensión del embarazo’, por la depredación de la razón.

Hay daños supervenientes: el maltrato a menores aumenta. Si se le puede matar, ¿qué tanto mal hago con desquitarme sobre el mocoso? Hay daños supervenientes derivados del convencer a la población de que el feticidio es un derecho, constituyendo así un medio de distorsionar las consciencias que deben proteger a la vida naciente. Sin esta protección moral el nasciturus queda indefenso y muchos por razones egoístas llegan a sentirse justificados en realizar el feticidio. No es necesario decirle, ministro, que la nación está incapacitada para ponerle un policía al lado a cada mujer para impedir que aborte una vez que el freno moral ha sido destruido sofísticamente.

e) o impusiese la esterilización masiva con el fin de impedir la reproducción del grupo.

(Imposición lograda por la efectividad de la propaganda genocida, imposición propagandística, y fundamentada en la debilidad característica de todo tipo penal: el egoísmo.)

El derecho a la vida del colectivo, que es la nación, y de todos y cada uno de sus integrantes es el primero y fundamental de todos los derechos; sin el cual, ningún otro puede encontrar cumplimiento cabal o sentido. El derecho a la vida se desprende de un requerimiento único: en lo individual tenerla, en lo colectivo transmitirla. Tan claro es esto, que el derecho individual a la vida desaparece con la muerte, y el derecho del colectivo a la vida con la falta de voluntad de transmitirla (degeneración moral). La vida humana desde el acto sexual ya es vida humana prenda o carezca de continuación. En el colectivo la perpetuación de la especie será una realidad, siempre y cuando no se introduzcan con voluntad criminal anticonceptivos con el agravante propagandístico de la autoridad genocida o la degeneración suprema de la homosexualidad. Destaco aquí otro aspecto del genocidio que se pretende con el libertinaje sexual que pretenden utilizar ni más ni menos que como disculpa, el libertinaje sexual condena a la nación a la decadencia, forma de senilidad prematura del colectivo que ha conducido a la muerte y desaparición de muchas grandes civilizaciones a través de la historia. Desde que se inventaron las disculpas se acabaron los imbéciles, pero no el Código Penal.

El objeto jurídico del tipo penal invocado es la conservación en su integridad del grupo étnico humano, en este caso, del pueblo de México. Tan lo es en su integridad que la literalidad de la ley dice con claridad: total o parcialmente. LA CONDUCTA EXIGIBLE ES VALORAR CADA VIDA AJENA COMO LA PROPIA, AL SER IGUAL QUE LA PROPIA: INDIVIDUAL, IRREMPLAZABLE E INSUSTITUIBLE. La devaluación de la vida derivada del fomento oficial del aborto, y de la despenalización se ha traducido en el aumento de homicidios, asaltos, secuestros e inseguridad. Debería usted saber que las garantías individuales sin un sólido respaldo penal terminan en ficciones. Tiene la SCJN que combatir con sólidas sentencias la propaganda al aborto intencional que lo presenta como beneficio para aquellos que quieren la cama pero no la cuna, y reclaman legalizar el homicidio para separarlas, como si todo derecho no tuviera por contraparte exigible una obligación. Combatir eficientemente a aquellos que, conocedores del poder de la propaganda, pretenden el aumento de la criminalidad por la persuasión, ya que, una vez lograda, ¿podría la Corte informarnos sobre cuál es el medio jurídico para restaurar el espíritu de sacrificio que la propagación de la especie exige?

Segunda omisión constitucional:

Desechó usted todo el Título Cuarto de la Ley Eminente.

Son aplicables a los genocidas conforme al 149-Bis del C.P.F. las disposiciones siguientes:

Artículo 109…. I. Se impondrán, mediante juicio político, las sanciones indicadas en el artículo 110 a los servidores públicos señalados en el mismo precepto, cuando en el ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.

II. La comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será perseguida y sancionada en los términos de la legislación penal;

Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político…. los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,… los diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el jefe de Gobierno del Distrito Federal, el procurador general de la República,….

Y, ¿lo dejó fuera por temor a los delincuentes?

Gravísima incompetencia técnica

Señor Ministro, estamos familiarizados los mexicanos con la expresión burlona de andarle buscando tres pies al gato; pero que nos cuelguen si alguna vez supusimos, fuera de la Tremenda Corte de Tres Patines, que alguien le anduviera buscando tres patas a la cigüeña hasta que nos topamos con su auto de primero de agosto de dos mil siete (Tomo II): que decretó la práctica “de una prueba pericial médica en materia de concepción y vida humana en el seno materno”.

Veamos algunas de las preguntas:

7.- ¿Existen genes específicos de la especie humana en el cigoto?

12.- ¿Qué funciones tiene el “organizador” descrito por Spemann en 1924?

18.- ¿Cómo es la estructura de la corteza cerebral a las doce semanas?

29.- ¿Un leproso tuberculoide avanzado con anestesia en miembros es humano?

30.- ¿Un amélico incapaz de alimentarse por sí o un amputado de pies y manos son humanos?

31.- ¿Un paralítico cerebral sin autonomía alimentaria es humano?

38.- ¿Es posible fijar la edad en que se tiene o se adquiere la condición de humano?

Pareciera que la identificación de lo humano en el nasciturus fuera una obsesión, lo que resulta comprensible una vez que se admite la duda; la que sólo puede admitirse para hacerle el juego al resto de las sandeces que enmarca el rebuznar sin fin a que diera lugar el debate sobre el delito en cuestión. Permítame por tanto postular sobre lo obvio:

a) Es de infantil comprensión que el mamífero gestante en todas las etapas de su desarrollo pertenece a la especie que lo alberga en el vientre materno. Y esto de manera absoluta independientemente de las características que lo singularicen, y de los defectos que lo acompañen.

b) La “condición de humano” no se adquiere, se presupone necesariamente. Todos los esfuerzos por desligar el óvulo y el espermatozoide del acto genético son intentonas criminales para justificar el sexo irresponsable; son los fraudes que han conducido al feticidio “legal”. Provenimos todos de padre y madre, NO de óvulo y espermatozoide. Es por ello que todos los humanos somos reconocibles como tales en cada etapa de nuestra gestación que nos iguala como humanos, lo que resta todo significado jurídico al que nos hallemos en una etapa, y no en otra, para determinar el delito de homicidio. No es error: homicidio; y que revienten las cámaras por la precisión, aunque dado el nivel intelectual de algunos legisladores serían capaces de atrincherarse en el hecho de que, de haber sido abortados ellos mismos, habría sido aborto y no homicidio (con lo que dan a entender que nunca pasaron de fetos).

c) La vida tiene estas características fundamentales: 1) Parte del acto sexual que abre el incierto período vital. 2) Es automático de ahí en adelante y se localiza en el vientre materno. 3) Es un continuo (la discontinuidad sería su fin, la muerte). 4) Su término es imprevisible. 5) La muerte cierra el período vital. Estas cinco características enmarcan el período vital al que se refiere todo derecho individual, y el delito de homicidio sólo puede darse dentro de él.

d) Tanto en el terreno jurídico, como en el biológico, se confirma que la gallina fue antes que el huevo. Se trata de la copula sexual entre el hombre y la mujer, NO de la unión desligada e inconexa a sus orígenes del óvulo con el espermatozoide.

Ni el espermatozoide llegó con los marcianos, ni el óvulo giraba en platillo volador. Es el acto sexual, por tanto, el único que genera derechos y obligaciones.

e) Más de seis mil millones habitamos el mundo por falta de anticonceptivos; de no ser por ello estaríamos tan extintos como los dinosaurios. Usted, Ministro, ¿cómo le llamaría a que se le hubiera muerto con anticonceptivos? ¿Se puede acabar con toda la humanidad sin cometer homicidio? ¿Queda en claro el porqué los tibios y permisivos no pueden dejar de rebuznar sobre el tema? El sexo no puede dejar de ser fuente de vida para que el laicismo, padre de todas las injurias a la razón y al derecho pueda vapulearlo a placer. El sexo, como hecho objetivo y verdad única fija la ley para el tema de manera contundente, al grado que prescindir de la verdad es la muerte del derecho para el genocidio de cientos de millones. No es fábula, ni exageración. Lo estamos viendo. Es el tema: sólo la condena a muerte del laicismo nos puede volver a la Ley de Dios para salir del manicomio al que el laicismo ha venido condenando a México. La verdad sobre el sexo, por ser verdad es sagrada; sagrada y no idiotamente arbitraria para poder presumir de laica, permisiva y bestial. La ley en cuanto tal es prohibitiva de delitos y desmanes sin excepción, señala al hombre la cruz de su salvación y a la Patria la cruz de su supervivencia y grandeza. Jamás puede ser la ley tolerante con el mal. Sus condenas al mal son el requisito fundamental para la supervivencia de todos. Su función es defender la razón, fijando los límites de lo razonable: las obligaciones fundamentales vs. las degeneraciones sexuales.

f) Los monumentales enredos parten de Beccaria quien redujo las penas al feticidio; asunto más grave no ha habido, porque las penas son el lenguaje del derecho penal ahí donde el derecho penal es el derecho de la supervivencia. Obviamente, su primera víctima fue la razón: A mayor daño menor penalización. El delito de homicidio tutela un plazo de tiempo incierto hasta su término natural, y nada adicional. No tutela la vida en función del sexo, del genio, de la raza, de la edad, etc. Pues es, en este mismo terreno que dar muerte a quien tiene más vida por delante resulta menos grave desde Beccaria. Como si el tiempo hiciera una excepción para moverse en reversa por la magia del acto sexual, generaciones enteras han sido eliminadas por anticonceptivos. ¿Qué tiene de malo privar a otro de instantes de vida? ¡Pero el tiempo no se mueve en reversa! Un aborto: ¿Qué tan grave puede ser privar a un semejante de doce semanas de vida? Los incontinentes y degenerados entran como legisladores para abrir paso a los de su calaña, y monumentar como heroína a la que comete el acto más contrario a la naturaleza de la mujer. De esta manera lo más reprobable, junto con todas las idioteces posibles, arraiga como cultura nacional.

g) Los aspectos inmoralmente valorativos abren las puertas a todo lo antes mal visto, porque el paso más grave fue dado ya. Este hecho, violatorio de una sociedad antes virgen en su dignidad autoriza ya, en la conciencia social cada vez más degradada lo mismo la pederastia que el sadismo; el secuestro como el robo; la homosexualidad como el matrimonio; la venta de drogas a menores que el matar a otro por su automóvil. El reinado de la Bestia tiene heraldos en los estanquillos cuyos letreros niegan cigarros a menores de edad, pero no prohíben los condones. En la conciencia de millones ha fijado el valor de la vida en un mínimo, ha establecido su reino animal, ha condenado la virtud.

Se delinque por acción o por omisión: La más grave.

Su proyecto no menciona la realidad plena de lo que deben sus colegas considerar para poder votar su proyecto. La aceptación de las sandeces sin límite que exigen las fuerzas genocidas que nos condenan a muerte encuentran, en su silenciosa omisión, a su mejor aliado. Esto es ya traición a su patria, además de genocidio. Es colaborar al terrorismo ocultando sus metas finales, y la identidad de sus autores; es colocar a los más terribles delincuentes de la historia fuera del conocimiento de las fuerzas del orden y de la capacidad de elegir de los ciudadanos. Me refiero, obviamente, al Talmud de Babilonia del rabinato judío que se está imponiendo al mundo como demuestra el caso presente, de manera taimada, subrepticia e inconexa; pero cuyas metas finales consisten en la muerte de todos los cristianos bajo cargos de idolatría y blasfemia.

Con su omisión pretende usted dejarnos inermes, hasta que como enseña la historia al caso de todas las revoluciones, la guillotina se encuentre en la esquina, las fuerzas del orden se hallen dispersas, y sea demasiado tarde. Su agente es el comunismo que define al PRD. Es el PRD y sus aliados en otros partidos el origen de lo que dio lugar a esta Acción de Inconstitucionalidad.

¡El Talmud de Babilonia existe!

¡Es un sistema judicial completo!

¡Tiene en vigor más de 1500 años!

¡Es lo que se ha venido disfrazando como laicismo!

Ni usted ni yo elegimos que existiera; pero eso no nos disculpa de negar su realidad; por el contrario, nos obliga a denunciarlo para no traicionar a la patria.

La información completa que aparece más abajo como “Interpelación a los Ministros” fue objeto de mi escrito fechado 21 de junio de 2008; recibió el número 29717 de la Oficialía de Partes de la SCJN; y el personal de su oficina se negó a sellar la copia que llevé personalmente el 23 del mismo mes. He insistido telefónicamente sin resultado en su proyecto.

Es este Talmud el que rige la contraparte, el que desenmascara sus fines. Es materia obligada para ustedes este fin de semana en que habrán de decidir nuestra supervivencia exponiéndose a los más graves cargos y situaciones. Están llamados al heroísmo como nunca antes, y como quizá jamás lo serán después.

Pero la verdad que nos hará libres (Juan 8:32) se refiere precisamente a está, a la Verdad completa, y sólo en la cruz se encuentra la salvación.

Protesto lo necesario

México D.F., a 22 de agosto de 2008.

¡Quien como Dios!

Luis de Guerrero Osio y Rivas

Ciudadano de la República

sábado 21 de junio de 2008

Interpelación a los Ministros de la SCJN



EN LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS SOBRE EL ABORTO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HA QUEDADO EN CLARO QUE, TRAS LA MÁSCARA DEL LAICISMO, SE ESTÁ SUSTITUYENDO A LAS LEYES TRADICIONALES DE OCCIDENTE FUNDADAS EN LOS DIEZ MANDAMIENTOS POR EL TALMUD DE BABILONIA DEL RABINATO JUDÍO. CÓDIGO QUE NOS CONDENA A MUERTE POR CREER EN JESUCRISTO COMO YA LO ESTÁ HACIENDO CON LOS NONATOS.

I
Interpelación a los ministros.

En cinco sesiones de elevado costo presupuestal, programadas para celebrarse entre las diez y media y la una de la tarde los viernes cada quince días, y por canal de televisión propio conectado al Internet, se abrumó a los oyentes interesados con los pareceres y discordares más variados sobre la reproducción humana y sus consecuencias jurídicas, pareciera, con el objeto de confundir el más elemental de los problemas. Y, al soslayarse de plano el derecho penal, dejando fuera de estas audiencias al suscrito que reclamaba la injusticia que se estaba cometiendo, la impunidad de los criminales, y la continuación del genocidio, han dejado en claro ustedes, ministros, una complicidad mal disfrazada cuyo origen es necesario denunciar, y que aquí procedo a publicar.

¿Dónde hubo un compareciente, ¡oh ministros!, que reclamase cárcel para Círigo y cómplices con fundamento en el Art. 149 Bis del C.P.F., delito de Genocidio como lo tengo denunciado en este mismo blog? ¿Dónde uno que reclamase la aplicación del tipo penal homicidio para la mujer que así mataba, y de homicidio múltiple para cada “médico” y sus asistentes? Si el negociazo de la industria abortista está en clínicas privadas, en clínicas del estado tiene el agravante de estar pagado con nuestros impuestos.

Como ministros de la Suprema, al dejar fuera la ley penal se han hecho cómplices de criminales. Al admitir el caso en la SCJN para discernir entre delitos conforme a la Constitución, y delitos contrarios a la misma, han cometido la máxima traición a sus investiduras tildando de delincuente a la Constitución, a la que en vez de servir, así calumnian.

Se proyecta una nueva Constitución, es rumor persistente.
¿Qué hay detrás de esto? Una nueva constitución ¿al servicio de quién y por qué?
En este mismo escrito lo dejaré en claro con sus pruebas; y con ello lo que dividirá en dos al mundo entero; asunto que es ya, en gran parte, historia.

Argumentos ad-hominem, de infantil comprensión.
En la segunda Audiencia Pública compareció Víctor Círigo ante ustedes, el fautor entre otros de la ley genocida para tratar de convencerlos de que se puede dar muerte a un embrión sin dañar a persona alguna; ya que según él; ellos, todos los de su partido, el embrión ¡no es persona!
Y por consiguiente ¡se le puede matar!
Se abrieron más los ojos…Se cayeron las quijadas, ¿vendría Círigo a pedirles sus renuncias? Porque no se puede ser ministro, sin ser antes persona.

Silogismo I: M.- Se puede matar a todo embrión por no ser persona.
-------------------m.- Los 11 ministros de la SCJN fueron embriones
-------------------C.- Se les pudo matar por no ser personas

Cara a la nación, y en la próxima audiencia pública, expliquen ustedes en virtud de que son ustedes ministros de la SCJN ¡sin ser personas!

Silogismo II: M.- El delito de homicidio solo tutela a las personas
--------------------m.- Se les pudo matar por no ser personas
--------------------C.- Se puede matar a los 11 sin cometer homicidio

De que el Diablo está peor que el burro no hay duda, ¿y ustedes, ministros, se habrán visto en el espejo?

Es también de infantil comprensión, como lo fue para el Constituyente, que el momento de la concepción es el acto sexual.

Silogismo III M.-Sólo puede destruirse lo que existe.
--------------------m.-Los 11 pudieron ser destruidos con anticonceptivos.
--------------------C.-Los 11 estaban ya en el acto sexual de sus padres.

Silogismo IV M.-Se está (existe), sólo a partir del momento de la concepción.
-------------------m.- Los 11 estaban ya en el acto sexual de sus padres.
-------------------C.-El acto sexual de sus padres fue el momento de su concepción.

Conclusión final: El homicidio ‘privar de la vida a otro’ puede darse igualmente por medio de anticonceptivos que por aborto, que por cualquier medio posterior por retrasado que pudiera llegar. No es posible castigar unos homicidios sí, y otros homicidios no, sin perdida total de la equidad; del sentido, y de la racionalidad del derecho. De su ampuloso teatro tergiversador de valores, leyes y situaciones, como se dio en todo momento y sin cortapisa alguna, debe quedar en claro contra los bestiales reclamos escuchados que ninguna mujer es libre de fornicar como una bruta, para seguir asesinando como una fiera; porque nadie es dueño ni siquiera de sí mismo sin la responsabilidad correspondiente. ¿Cuál de ustedes ministros es dueño de su cuerpo para emborracharse, drogarse, y tomar el volante impunemente? ¿Por qué entonces admitir tal farsa?. El acto sexual es el de suma responsabilidad social al gestarse dentro de la sociedad y para su beneficio. La continuidad del colectivo la tutela el Art. 149 Bis del CPF.

El fundamento del tipo penal genocidio al que hace referencia dicho artículo radica en lo que somos: individuos, singulares, irremplazables e insustituibles de la especie humana. Este sólo hecho debiera recordarles que no tienen justificación alguna al haberlo, en sus efectos, derogado; al obstaculizar la justicia con su indebida intromisión en vez de exigirle al Procurador General de la República su acción inmediata.

Por si todavía fuera necesario…
Por supuesto, señores ministros, que se puede destruir lo que todavía visiblemente pareciera no existir; y dado que existe por el acto sexual no se puede dejar fuera a este, para que la responsabilidad del momento mismo de la concepción --de ser posterior-- quedara en lo aleatorio, y en horas tan distante como para haberse olvidado el compromiso con la vida que sólo se contrae por medio del acto sexual mismo. Toda la teoría de las obligaciones en derecho reclama este momento como base. Y como el caso demuestra ante la demencia de Círigo, sus cómplices y semejantes; la visión de lo completo resuelve, donde la impotencia de la mente embrutecida y el corazón mermado lo confunden todo, al grado de negar implícitamente el existir del tiempo. ¡Que pobre inteligencia y negro corazón el de estos infelices que no alcanzan a ver un semejante, a pesar de haber sido en todas las etapas de su gestación, sus pares!

Reforzando
Para ser precisos, hay en este momento seis mil millones más X habitantes sobre la tierra; con el mismo número de anticonceptivos eficaces estaría la humanidad tan extinta como los dinosaurios. Conclusión: la humanidad existe por falta de oportunos anticonceptivos en cantidad suficiente; de manera, que lo que la contraparte llama salud por el condón, la ley lo llama genocidio.

A pesar de que todos provenimos del acto sexual --lo que hoy hasta los niños saben-- pretenden muchos confundir hecho tan sobrio porque hay actos sexuales que son genéticamente estériles. Esto no debería extrañar a nadie, ya que tampoco todos los cigotos llegan a ser embriones; ni tampoco todos los embriones llegan a ser fetos; ni tampoco todos los fetos han llegado a término. Igualmente, tampoco todos los niños de un año llegan a cumplir dos, ni todos los de dos, tres. Etc.; con lo que demuestran los hechos que la vida es un andar a cada instante del brazo de la muerte. No hay excepción. Habiendo óvulo fertilizable el delito es homicidio; no pudiendo constatarse subsiste la tentativa. No podemos castigar unos homicidios si, y otros homicidios no; y menos aún dependiendo del arma que se utilice, ya que lo que se castiga es el hecho de privar de la vida a otro; y no la forma en que se comete, lo que en última instancia quedaría para los agravantes.
Pero tómese nota, que los seis mil millones más X existen por el acto sexual sin anticonceptivos al que se refiere el primero constitucional. Admítase, igualmente, que no habiendo dos individuos iguales siquiera en nimiedades como las huellas digitales, tampoco puede suponerse que se hayan dado dos actos sexuales genéticamente iguales.

El mito del laicismo
Su cultura, ¡oh sabios de la Suprema!, les permitirá recordar que el derecho nació de las religiones, ha subsistido en ellas, y de ellas recibe su fuerza. Recordarán el hecho como religioso, --a menos que alguno ose sustentar la peregrina tesis de que al Sinaí bajó el Altísimo, y subió Moisés, ¡en misión laical!--, que esos Diez Mandamientos han fundado y regido los códigos del mundo civilizado, hoy en peligro ante leyes diabólicas. Y con ello, que el sexto mandamiento: “no fornicarás” es la continuación del quinto “no matarás;” al que se encuentra ligado por las obvias razones que acabamos de ver.
Con relación a las antípodas en que discurre la contraparte, ¿acaso no pregunté a los once en mi último escrito del 20 de febrero de 2008 si no habían caído en cuenta de los sacrificios humanos de inocentes que el satanismo venía realizando a través de la historia como razón para promover el aborto feticida? ¿No deja esto en claro la farsa del laicismo?

Pero la catolicidad contra la que se arremete en distintas embestidas es un conjunto que sólo puede valorarse como tal, proponerse como tal, y defenderse como tal; ya que es íntegramente tal cual es y no menos. Sólo así puede defenderse exitosamente de las burradas de un penalista que afirma que es mejor despenalizar que ver la ley en el ridículo; recordando, gracias al ridículo del penalista, que la gestión del orden ha fracasado por la corrupción de las cúpulas que garantiza la corrupción de lo demás. A esto, la catolicidad responde que nada escapa a la visión de Dios; que de la justicia de Dios no escapa nadie; y que la pena eterna del Infierno deja en nada cuantos castigos y torturas podamos inventar los hombres.
¿Y cómo defiende la contraparte sus tesis? Negando como idiotas, sólo negando, sin más por no poder más; se amparan en el caos por tener mentalidad de caos; que Dios no existe, que el Infierno no existe. Y dentro de su negatividad y de su caos ¿Qué subsiste de lo humano en ellos? ¡Lo hemos visto gracias a sus Audiencias públicas! Círigo, que afirmaba que sus oyentes no llegaban ni a personas.

Decían preocuparse por las pobres. ¿Sería cierto? ¿De verdad querían despenalizar el robo para que pudieran ponerse a mano? ¡De ninguna manera y menos a costa de sus bolsillos! Solo manifestaron sed de sangre, de los mortíferos servicios a que podrían acceder las pobres como las ricas, subrayo: solicitaban despenalizar el feticidio, no el robo para igualar fortunas, sino el mayor de los crímenes para dejarlas igualadas en su abestiamiento. ¡Sed de sangre! ¡Sed de fieras! ¡Y mentiras! ¡No pueden decir verdad!, porque no hay verdad en ellos. Entiéndase: no pueden… Señores ministros que hasta ahora han obviado el derecho penal, ¿podrán, al menos recordar que la temibilidad del sujeto es esencial al fallo de todo juez penal?

Compareció igualmente quien se ostentaba como católica por el derecho a decidir. Concentrémonos en "el derecho a decidir:" ¿café, o te? ¡Su derecho a decidir! Lugar a vacacionar, profesión o estado civil... decidieron, o decidirán... ¡su derecho! ¿El derecho a asesinar o no asesinar? Eso ya no es un derecho, señores, ¡que les pasa? ¡Eso es un delito! ¿Transmugrar el embeleso del amor maternal en odio asesino contra un hijo, es lo mismo que café o te, jueces de la Suprema? ¿Es o no este el mayor de los crímenes?
¿Sé puede ser católico por avalar el homicidio contra el quinto mandamiento? ¿El feticidio a pesar del canon 1398 que establece la excomunión automática, tras lo cual ya nadie puede ser considerado católico? Destruir el freno moral que es el único que tutela la vida naciente ¿no es procurar abortos que necesariamente tendrán lugar? ¿No es esa la intención? ¡No pueden decir verdad!, porque no hay verdad en ellos.

Confirmamos con la cantaleta de todos los de la contraparte sobre el "derecho a suspender el embarazo"... ¿Qué les hubiera parecido la prensa reportando que habían suspendido la caída de Sadam Hussein como forma de ocultar que tenía una soga atada al cuello? ¿Suspender el embarazo? Y seguía el desfilar de la mentira.
Pues así ocultaba la contraparte en su desfile ante ustedes y en todas sus sesiones el odio homicida en que habían transmugrado el amor maternal; como si fuera lo mismo el derecho a suspender la dieta que el derecho a asesinar. ¿Café o te, y el derecho a suspender la fiesta? ¡No pueden decir verdad! porque no hay verdad en ellos. Y luego para concluir conque la contraparte reclama que la mujer puede decidir sobre su cuerpo, justo cuando dejó de ser su cuerpo ¡porque ya es el cuerpo de su hijo! ¡No pueden decir verdad! porque no hay verdad en ellos.

Privar a otro de la totalidad de su vida ¿es el menor de los crímenes? Transferir la pena de muerte del derecho público al derecho privado para obviar la Constitución que tal prohíbe ¿es el menor de los crímenes? Ya tampoco pueden decir verdad, ministros, ¡porque no hay verdad en ustedes!
Para entender la importancia de la religión veamos ahora la cita completa de lo que dijo Jesús a los judíos: “Vosotros sois de vuestro padre el diablo y queréis cumplir los deseos de vuestro padre. Este era homicida desde el principio, y no se mantuvo en la verdad, porque no hay verdad en él; cuando dice la mentira, dice lo que le sale de dentro, porque es mentiroso y padre de la mentira”. (Juan 8:44)

Y la contraparte --sacrificios humanos incluidos-- que se ha ocultado por siglos tras la máscara del laicismo es el Talmud de Babilonia; un código completo que tiene más de 1500 años, y que al igual que la Iglesia tiene que ser tomado en serio en su conjunto; ya que, como debiera ser evidente, los códigos existen para su aplicación integral.


II
La contraparte

El Talmud de Babilonia
En el Internet aunque sólo en inglés, pero de fácil acceso para todos aparece lo siguiente:
Defend Judaic Law!
"Judaic law is coming to America! It is being welcomed by President Bush and the Supreme Court. Read all about it on the Internet: http://www.come-and-hear.com/
For the first time, large sections of the Talmud, the Jewish book of Holy Law, are on the Internet. Learn how to defend Judaic law against ignorant criticism. Learn how the Talmud will affect our society and culture. Read what the Talmud says about:
• Religious Freedom
• Atrocities & Just Wars
• The Death Penalty
• Marriage
• Sexual Fulfillment
• Divorce
• Pederasty and Homosexuality, and
• The Special Place of Gentiles in the Coming Age "
http://www.come-and-hear.com/
Siguiendo esta dirección se podrán comprobar las citas del Talmud de Babilonia a que se alude en el texto que sigue al prólogo

Prólogo.
En “Jewish Attitudes Towards Abortion” que se localiza en:
http://caae.phil.cmu.edu/Cavalier/Forum/abortion/background/judaism1.html#II
Notes on David M Feldman, “This Matter of Abortion”, ch. 9, Health and Medicine in Jewish Tradition. L’Hayyim – to Life (New York: Crossroad, 1986). Se citan las obras del rabino Dr. David M. Feldman quien afirma que: “leyes estrictas contra el aborto son violatorias de los derechos religiosos de los judíos”. Y resumiendo, que: “mientras que la opinión rabínica no es totalmente uniforme en cuanto a las circunstancias, allí donde la salud, vida y bienestar de la madre se ven amenazadas de completarse la preñez con el nacimiento del feto, el aborto es admisible, y aún obligatorio en ciertos casos”.

Lo saben mejor que nadie, ministros de la Suprema, que un mismo territorio no puede regirse por códigos contrapuestos, por el cual uno de ellos permita lo que el otro condena, razón por la cual luchan incansables para promover su Talmud de Babilonia derogando el Código penal tradicional de la Cristiandad.

Casi todos los argumentos hasta hoy usados por los partidarios del aborto están calcados del rabinato judío. Por ejemplo, el argumento de que el feto es parte del cuerpo de la madre proviene de Salomon ben Isaac, mejor conocido como Raschi, un rabino del siglo XII nacido en Troyes, Francia; quien dogmatizó para los judíos que el feto es como el muslo de la madre.

El rabino Feldman es claro al respecto; partiendo sólo del derecho positivo señala que mientras el aborto no quede establecido como homicidio, entonces, “yo diría que la ley estatal (prohibiendo el aborto) viola los derechos de las mujeres; e iría aún más lejos para informar que los viola más aún de lo que pudiera pensarse, ya que en la tradición jurídica judía sobre el aborto, el bienestar de la mujer juega un papel mayor aún al que pudiera reclamar la Nacional Organization for Women (NOW). Un principio en la visión judía del asunto es tza’ara d’gufah kadim, consistente en que su bienestar, y el evitarle el dolor ocupan el primer lugar. Por tanto, las indicaciones de la madre cuentan donde las indicaciones fetales no cuentan… No se trata de que el feto tenga derecho de nacer o de que el marido tenga derecho a su hijo, sino que es el bienestar de la madre el que ocupa el primer lugar, y para algunos es la única consideración a tomarse en cuenta para un aborto.”
Para desarrollar su caso, insiste Feldman en que no hay mandamiento que diga “no matarás”; el mandamiento es “no asesinarás” ya que se admite matar en legítima defensa. Pasa a considerar el caso de un agresor, o rodef, para señalar que el Talmud considera tratar al feto como rodef, cuando la continuidad del embarazo pone en peligro la vida de la madre; como no le puede asignar intencionalidad al feto, se apoya en el hecho de que el feto no es aún persona humana, y cita Sanedrín 72b. Todo lo anterior para admitir que se da muerte pero que no se asesina.

Y así termina aclarando todo el rabino: “… la distinción crucial entre matar y asesinar depende de la definición y estado de la vida que se toma – definición que, como observa Feldman, es metafísica y religiosa, más que científica: Y la diferencia entre la vida fetal y la vida humana no la determina el biólogo o el médico, sino el metafísico. Es la determinación de la cultura o de la religión la que declara no cuando comienza la vida, sino cuando esta comienza a ser humana.”

Queda de esta manera aclarada la intervención de Círigo en particular, y de toda la contraparte en general; y señaladamente la de la participante que afirmó ante ustedes que su posición tenía ‘la virtud de no estar fundada ni en la religión ( se sobreentendió católica), ni en la biología’.

Como podemos apreciar ya a estas alturas, si sólo un decreto rabínico puede establecer el cuando, también será el único para establecer el que. De dichos decretos dependerá que usted sea o no sea humano, y el Talmud, como veremos en su momento, se declara en contra de la humanidad del no judío. A estos efectos aclara el rabino Feldman en la parte IV del mismo artículo, “It’s not when the soul enters, it’s what kind of soul enters” "No es el cuando entra el alma en el cuerpo, sino el tipo de alma que entra"; llevando con ello el tradicional racismo judío ¡hasta el alma misma!

Tenemos ya la relevancia de lo actuado en estas audiencias públicas, los porqués de la negativa a admitir la obvia humanidad del nasciturus (del latín ‘por nacer’). La negación contra lo obvio de su persona, y los argumentos feministas y feminoides contra la realidad que entendemos como verdad; verdad que para el sistema que se pretende imponernos no importa lo que el feto sea, o deje de ser; sino el capricho de un libro con el que se quiere regir al mundo y sus autoridades, los rabinos como motor de los demás judíos en general.

Otra fuente en Internet (When Does Human Personhood Begin? -- ¿Cuándo comienza la Personalidad Humana?) http://www.religioustolerance.org/jud_abor.htm informa que la Halacha (Ley Judía) define cuando un feto se vuelve un nefesh (persona). “…un bebé…se convierte en un ser humano pleno cuando la cabeza sale de la vagina. Antes de eso se le considera una vida parcial.” Y cita al Talmud de Babilonia Yevamoth 69b que establece que el embrión es considerado mera agua hasta el día 40; en adelante es considerado como infrahumano hasta que nace. Lo interesante es que para minimizar el valor del feto se fundan en Exodo 21:22; el caso de una riña entre dos hombres en que la mujer encinta es golpeada accidentalmente y pierde al hijo. El responsable del accidente debe indemnizar al marido con lo que le pida, o se determine en juicio. Pero si muere la mujer se aplica la ley del talión --ojo por ojo, vida por vida--, el responsable es condenado a muerte; de donde concluyen la abrumadora diferencia entre la vida del no nacido con la de la madre (persona nacida ya). El error es obvio, ya que se trata de muerte accidental; de morir la madre, lo que implica un golpe mucho más severo ya no se puede creer que se trate de un mero accidente; lo que se supone es la intencionalidad. De esta manera la ley del talión venga ambas vidas, lo que la pena de muerte por un mero accidente no justificaría jamás. Queda en evidencia igualmente que en la Biblia no aparece un solo caso de aborto intencional, que habría sido el precedente obvio a mencionar de existir uno. Los razonamientos rabínicos son tan asombrosamente deficientes como para reducirse a pura afirmación dogmática como veremos en adelante, y contribuye a dejarlo en claro los centímetros transformantes de un infrahumano a una persona. Centímetros que condujeron en los EE.UU. al llamado “Partial Birth Abortion” por el cual se tronaba la cabecita del bebé antes de que saliera el centímetro extra requerido para que fuera persona; cafrada que finalmente se suspendió ante el horror provocado.

El choque entre el Evangelio y el Talmud de Babilonia
Las referencias a Talmud y rabinos radican en: http://www.come-and-hear.com/
La Biblia Cristiana, cuya ley mosaica data de hace más de tres mil doscientos años estaba ya en conflicto con los fariseos de tiempos de Jesucristo, de lo que el Evangelio no deja duda. La tradición oral fue condenada severamente por el Señor como tradiciones de los antepasados, tradiciones de los hombres. Afirma en Mateo 15:3: “El (Jesús) les respondió: «Y vosotros, ¿por qué traspasáis el mandamiento de Dios por vuestra tradición? –y concluye en Mateo 15:6-9 “Así habéis anulado la palabra de Dios por vuestra tradición. Hipócritas, bien profetizó de vosotros Isaías cuando dijo: Este pueblo me honra con los labios, pero su corazón está lejos de mí. En vano me rinden culto, ya que enseñan doctrinas que son preceptos de hombres.»”.
El rabino Michael L. Rodkinson dice a este respecto: “El Talmud …es la forma escrita de aquello que, en tiempo de Jesús, se llamaba la tradición de los antiguos, y a la cual él alude frecuentemente.” Sin embargo, la Biblia no entra en detalles sobre el porqué Jesús les llama “sepulcros blanqueados que por fuera se ven hermosos, pero por dentro están llenos de de huesos y de podredumbre de cadáveres.” (Mateo 23:27) El Talmud de Babilonia aclara el asunto. Veamos algunos ejemplos tomados de asuntos actuales comenzando por la pederastia recordándoles, ministros, que los códigos no se imponen para su aplicación parcial, sino integral: Tratándose del sexo masculino, la pederastia se admite legal con tal de que el niño tenga menos de nueve años y un día. Esto se encuentra en el tratado Sanedrín 54b. Tratándose del sexo femenino, una niña puede ser tomada en matrimonio por un sacerdote a la edad de tres años y un día, Yebamoth 60b.
En dos tratados: Kethuboth 11b y Niddah 45a, sostienen los rabinos que un hombre adulto puede realizar el coito con una niña, siempre y cuando sea menor de tres años, ya que a esa edad recupera su virginidad naturalmente. En relación al conocido asunto bíblico por el cual el hermano debía tomar a la viuda sin hijos para dar descendencia a su hermano, la sorpresa que reserva el Talmud es por la edad. Establece el tratado de Sanedrín 55b, que una doncella de tres años y un día puede ser tomada en matrimonio por medio del coito; y si el hermano de la viuda cohabita con ella, le pertenece de esta manera en adelante.

Igualmente, se ha comentado con sorpresa que Freud no era original como se pensaba. Ni siquiera al escribir sobre su ‘Complejo de Edipo;’ ya que Sanedrín 69b autoriza a la madre que procura su lascivia a acercarse a su hijo, con tal de que este tenga menos de menos de ocho años de edad. Por medio de Freud se estaba preparando al mundo a recibir el Talmud bajo el barniz de la ciencia; pero todo el pansexualismo freudiano hace referencia al ambiente en que nace, se desarrolla y crece el pueblo judío, tan contrario a Cristo y a la ley de Moisés como pone en evidencia el Evangelio: “Pero al que escandalice a uno de estos pequeños que creen en mí, más le valiera que le colgaran al cuello una de esas piedras de molino que mueven los asnos, y le hundieran en lo profundo del mar”. (Mateo 18:6)

El Apocalipsis profetiza el contenido del Talmud
El Talmud de Babilonia, su versión oficial, se escribe entre los siglos segundo y sexto de la Era Cristiana. Se le considera concluido para el año 500 D.C. Mahoma tiene noticias de él 700 años antes que la Iglesia Católica; e indignado por las calumnias contra la Santísima Virgen denuncia en el Corán que los judíos han levantado contra ella una calumnia tremenda. (Corán: sura 4, aleya 156), y le da el título de “Bendita entre las mujeres de todas las naciones” (sura 3; aleya 42). El Corán le dedica todo un capítulo, o Sura que lleva su nombre: María. Reconoce la concepción Virginal de Jesús a quien da en árabe el nombre de Isa; le considera un gran profeta y lo sitúa en el cielo. No admitiendo su crucifixión y muerte tampoco admite su resurrección. La madre de Mahoma no recibe elogio alguno en el Corán, y saben los árabes que Mahoma está sepultado en Medina.

Las blasfemias contra Jesucristo en el Talmud corren parejas a las lanzadas contra su Santísima Madre. La Iglesia se entera hasta el año de 1242; y los maestros en teología de la Universidad de Paris resumen en su Excerpta Talmudica el año 1246: “Por un especial designio de la Divina Providencia, los errores, blasfemias, y ultrajes contenidos en el Talmud han escapado a la vista de los doctores de la Iglesia hasta ahora. La muralla ha sido removida al fin, y pueden verse con claridad los reptiles, los ídolos abominables que adora la Casa de Israel”.

Los papas fueron unánimes en su condena y el Talmud fue quemado incontables veces hasta la debacle del CVII. Concilio profetizado por la Santísima Virgen en La Salette: “Roma apostatará de la fe y se convertirá en la Sede del Anticristo” que señala ya próximo lo anunciado en el Evangelio:

«Cuando veáis, pues, la abominación de la desolación, anunciada por el profeta Daniel, erigida en el Lugar Santo…” (Mateo 24:15)

El asunto era incontrovertible por el Apocalipsis:
“Conozco tu tribulación y tu pobreza - aunque eres rico - y las calumnias de los que se llaman judíos sin serlo y son en realidad una sinagoga de Satanás” (Apoc. 2:9)

“Mira que te voy a entregar algunos de la Sinagoga de Satanás, de los que se proclaman judíos y no lo son, sino que mienten; yo haré que vayan a postrarse delante de tus pies, para que sepan que yo te he amado”. (Apoc. 3:9)

Coronación del Evangelio que narra una lucha única; la lucha de Jesús contra la sinagoga, autoridades del Templo, escribas y fariseos . Esa sinagoga es identificada como el Anticristo; palabra que aparece sólo cuatro veces en la Sagrada Escritura, las cuatro en las epístolas de San Juan:

“¿Quién es el mentiroso sino el que niega que Jesús es el Mesías (Cristo en griego)? Ese es el Anticristo, el que niega al Padre y al Hijo”. (I Juan 2:22) La profesión del rabinato judío es negar a Cristo como Mesías y perseguirlo a muerte en sus seguidores.

Y el Apocalipsis remata con precisión matemática:
“¡Aquí está la sabiduría! Que el inteligente calcule la cifra de la Bestia; pues es la cifra de un hombre. Su cifra es 666”. (Apoc. 13:18) El cálculo es muy sencillo cuando recordamos que no había números arábigos, y que los más universales eran, al igual que hoy, los geométricos: todo mundo entiende que el triangulo representa tres, y el cuadrado al cuatro, etc. Hay tres tipos de figuras geométricas completas: La línea, el hexágono, y el triángulo. Seis líneas se cruzan, queda un hexágono al centro, y seis triángulos como puntas: la llamada estrella de David. Hicimos el cálculo, encontramos el número, encontramos un hombre: David.
Seis para las unidades, seis para las decenas, seis para las centenas = 666.

Y el remate último está en la Gran Ramera de Babilonia (Apoc. 14:8; 16:19; 17:5; 18:2; 18:10 y 18:21), el imperio del Talmud de Babilonia cuyas leyes pretenden imponernos. Las que impidieron la acción penal por genocidio y homicidio para no condenar dicho Talmud… ¡Lo que resuelve el misterio de su actuación de manera completa!

III
La Penetración del Imperialismo

Ya vimos la astucia con que el Talmud fue disfrazado de ciencia en el caso de Freud. El fracaso del psicoanálisis ha sido universal y está documentado espléndidamente desde hace años. Los siquiatras han apelado a la farmacología moderna para seguir en funciones, y como compendio del asunto basta con “La Falacia de Freud” de Martin L. Gross, Ed. Cosmos, Madrid 1978 (The Psychological Society en el idioma original).

Veamos un segundo caso:
“Afirmó adicionalmente el rabino Eleazar: ¿Cuál es el significado del texto de la Escritura “esto si es carne de mi carne y hueso de mis huesos? Esto enseña que Adán tuvo relaciones sexuales con toda bestia y animal, pero no halló satisfacción hasta que cohabitó con Eva”. (Yebamoth 63a) Podemos imaginar su apremio en los siglos segundo y tercero cuando el Cristianismo los arrollaba conquistando el mundo, de su necesidad por inventar mil fábulas, sus maquinaciones para conservar por la soberbia a quienes de otra manera abandonarían sus sinagogas; pero esta fábula en concreto, para diferenciar al judío del no judío por sus orígenes iba a provocar la más sonora carcajada. Pero los rabinos modernos creen a pie juntillas en su Talmud, en sus legendarios rabinos magos capaces de crear una ternera y comérsela; de crear a un hombre con su magia, y demás paparruchadas con las que pretendieron igualarse al Evangelio en sus milagros. Les ha urgido siempre refrendar en la credulidad --ahora del mundo-- lo que han enseñado por más de 1500 años; primero como ley oral, y después, en su Talmud, escrita.

Este fue el origen de Darwin, para disfrazar de nuevo las burradas de ciencia. Meter la palabra ciencia sobre un círculo cuadrado siempre da resultados. La palabra ciencia paraliza al ignorante; y el círculo cuadrado deja inerme al que no queriendo poner cara de tonto es capaz de afirmar que entiende; de ahí el éxito del darvinismo. Pero el hecho es que nadie ha visto a un mono transformarse en hombre, vaya, ni siquiera a un ratón volverse rata. Para colmos, ante la imposibilidad de aportar las pruebas que toda ciencia, para ser ciencia reclama; se les ocurrió el suicidio intelectual de refugiarse en los millones de años, como si no bastaran unos cuantos para demostrar que el tiempo lejos de construir destruye, dejando sólo arrugas, huesos áridos y ruinas. Que construya el hombre a través del tiempo, que haya progreso a través del tiempo, se debe al hombre, no al tiempo; tiempo que por sí sólo desgasta y destruye.

En la medida en que se pretenda introducir más tiempo y mutaciones entre el mono y el hombre, más necesario sería apelar a un direccionamiento firme para llegar a dicha meta, lo que sólo podría darse de hallarse la meta potencialmente en el principio, lo que haría del mono más hombre que mono para comenzar, contradicción que por si misma lo dice todo, gracias al tiempo; y más claro mientras más tiempo: refutado está todo el darvinismo, todo; toda la teoría de la evolución, ¡toda!

¿Pero que pasa entonces con la selección natural y la supervivencia de los más aptos de la que nadie duda? Cuando un guepardo persigue a una gacela en las planicies africanas a casi cien Kms. por hora, y la gacela más lenta pero más ágil logra evadirse muchas veces quebrando su trayectoria con movimientos rápidos, ambas especies ponen en evidencia estos principios y su perenne ejecución para conservarse en forma. ¡Para conservarse las especies en forma agotándose en esta meta su función! Lo agotado no da lugar a más, ni causa suficiente admite efectos extraordinarios como que salieran alas a los contendientes!

Lo único bueno que dejó el rebuznar de Darwin fue una reacción a su tontera; y con ella la prueba científica más asombrosa de la existencia de Dios. Prueba que se debe a un físico suizo llamado Charles Eugène Guye (+1942).
Todos recordamos que el orden prueba la existencia de un ordenador, pero Guye fue el primero en indagar el orden al nivel del átomo, y el resultado…¡veamos!

Vamos a hacer primero el experimento mental y después lo explicamos. Coloquemos mentalmente en un tubito de cristal taponado en un extremo mil bolitas blancas. Ahora metamos en él mil bolitas negras. Ahora colocamos un envase de cristal cerrando el otro extremo. Damos vuelta al aparato para que caigan todas las bolitas en el envase y agitamos para que se mezclen. Ahora vamos a meterlas de regreso como estaban, separadas las blancas de las negras; agitamos y las devolvemos al tubo tantas veces como sea necesario hasta tenerlas separadas de nuevo. ¿Sabe usted cuando lo íbamos a lograr? ¡Nunca!

Ahora vamos a explicar de lo que se trata: Las bolitas blancas y negras representan átomos de dos elementos, cuando la estructura mínima de la vida, una molécula exige cuatro; pero ordenarlas de regreso al tubo sería mucho más difícil con cuatro que con dos. La separación total es exagerada, pero es la idea, ya que el orden en los seres vivos es sorprendente. La asimetría requerida no es del cien por ciento como en el orden inicial de nuestro experimento, ¡pero sí lo es del 90%! Ahora precisemos: cientos de millones de moléculas caben en la cabeza de un alfiler, ¡y no podemos ni con una! La vida no puede ser fruto del azar, azar que jamás podrá explicar una sola molécula. Se ha insistido en este punto; quisiera insistir en otro más obvio: el problema para la evolución no radica sólo en construir. Por medio de nuestro experimento hemos constatado la facilidad para destruir. Montar el experimento costo mucha atención, materiales, tiempo y esfuerzo además de la ideación. Destruir el orden inicial tomó un instante, el necesario para voltear el aparato. Añádanle ahora el tiempo que quieran para que las cosas operen solas y por azar, se confirma: los millones de años son fruto de la desesperación, y casi tan divertidos como los harenes que le inventaron a Adán los rabinos.

Pero la prueba de la existencia de Dios sí es sorprendente. “Pues en Dios vivimos, nos movemos y existimos” (Hechos 17:28). ¿Cuál laicismo?

Veamos un tercer caso
Un hijo de rabino y nieto de rabinos nacido en Westfalia para culminar en Inglaterra, Karl Marx (1818-1883), fue con Engels y Lenín el autor intelectual de las mayores masacres de la historia. El Marxismo-Leninismo dejó en tiempos de Lenín cuatro y medio millones de sacrificados con un tiro en la cabeza por las Chekas; Gorbachov acepto oficialmente 45 millones de sacrificados en tiempos de Stalin. Otros argumentan cifras muy superiores, pero queda constancia de dos hechos históricos: Antes de la Primera Guerra Mundial el tema de conversación general era los efectos a esperarse en guerra de “las incontables reservas humanas de Rusia”, entonces próspero granero de Europa cuya extensión territorial era muy superior a Europa entera. A principios del tercer milenio el comentario era a la inversa; y se refería a que uno de los países más pequeños del mundo, Japón, alcanzaría a Rusia en población en unos 35 años; así de devastada por el comunismo había quedado la antes URSS de proporciones continentales y reservas humanas inagotables.
Estos son los orígenes del PRD que hace décadas fue el Partido Comunista, después el Partido Socialista Unificado de México (PSUM), la sed de sangre le viene de nacimiento, ya que el talmudismo rabínico tiene varias derivaciones históricas, entre ellas el judaísmo medieval y moderno, la masonería, y el comunismo. ¿Quién dijo fraude electoral? ¿Acaso quedó patente ante el electorado los orígenes marxistas del PRD, su historia en el mundo de sangre, esclavitud, genocidio y robo; su intención siquiera de proceder en violación flagrante del Art. 149 Bis del Código Penal Federal? ¿Quién dijo fraude electoral? ¿Qué no fue el PRD?

El fraude marxista-socialista es fácil de entender con sólo señalar que ni sentido tiene socializar lo que no se puede usufructuar socialmente. Tiene mucho sentido convertir propiedades privadas en públicas para construir jardines públicos, por concordar su función con su destino; ¿pero puede alguien informarnos como puede el pueblo usufructuar las empresas privadas? El caso de PEMEX es típico: los cientos de miles de miserables que fueron a aportar sus pobres joyas, sus pobres ahorros y hasta sus gallinas a Lázaro Cárdenas para que indemnizara a la petroleras extranjeras no tuvieron un recibo; menos aún acciones o bonos de PEMEX, ni han recibido los más miserables de nuestros conacionales un centavo, pero en su ignorancia creen, que lo de “el petróleo es nuestro”, por “nuestro” se refiere a ellos como personas y no en exclusiva a los integrantes de la clase gobernante.

La explicación radica en la premisa fundamental del marxismo histórico “la propiedad privada es un robo”, ¿pero robo a quien? Veamos lo que dice el Talmud sobre la pertenencia hasta de los hijos: “Raba afirmó: En referencia a la afirmación rabínica que un Egipcio carece [legalmente] de padre, esto no debe imaginarse como atribuible a su excesiva indulgencia en su gratificación carnal, debido a lo cual no se sabe [quien es el padre], pero que de saberse, debiera considerarse. Ya que sin duda, aún tratándose de hermanos gemelos que tuvieron su origen en una gota que se dividió en dos, se afirmó en la cláusula final que ellos ‘ni participan en halizah ni contraen matrimonio levítico’. De donde debe inferirse que el todo Misericordioso declaró a sus hijos legalmente sin padre, ya que está [igualmente escrito] su carne es como la de los burros, y sus descendientes son como los descendientes de los caballos”. (Yebamoth 98a)

Es obvio que, quien no puede ser dueño ni de sus hijos por quedar clasificado como animal, tampoco puede ser propietario. En cuanto al término ‘egipcio’ es un comodín que como ‘canaanita’, ‘cuteo’, infiel e idólatra que se repiten como genéricos de no-judío, prueba adicional es que estos hijos quedan como ‘hijos del estado’ en todos los totalitarismos marxistas de Rusia y Europa Oriental en donde no había egipcios. La praxis confirma, y el Talmud da otras pruebas como en Baba Kama 37b referido a la compensación de cornear un buey a otro, que dependerá de si el afectado como propietario es un israelita, en cuyo caso si es exigible, al caso contrario en que no lo es. En Sanedrín 57a se permite retener el salario a un trabajador que no sea un israelita. La declaración genérica “la propiedad privada es un robo” señala a quienes se pretende despojar sin distinciones inconfesables, así como a quienes bajo múltiples disfraces y supuestas convicciones religiosas igualmente disfrazantes quedan en el poder político para usufructuarlo todo. Las purgas en Rusia, siempre de judíos por judíos, terminan por confirmar el hecho.


El primer fraude fue la Revolución Mexicana, financiada con dinero judío ya que ni los fusiles crecen entre los magueyes, ni las balas salen como espinas de los nopales; y su organización y el resto del financiamiento no van en costo a la zaga. Sus resultados por el minifundio, junto con los ‘créditos’ milmillonarios de los bancos agrícolas que pasaban a incobrables incontables veces y a bolsillos exclusivos, dejaron una miseria que abastece de mano barata a los EE.UU. ¡Miseria en el campo! ¡Importación de alimentos! ¡Éxodo de mexicanos! La etapa siguiente fue despojar de sus bienes raíces a sus propietarios, ley de congelación de rentas, para completar el despojo de un grupo mexicano y dejar toda la riqueza a los extranjeros ahora sin competidores entre las familias tradicionales.

Lo que no todos saben es que las revoluciones socialistas se llevaban a cabo en cumplimiento de las siete Leyes Noáquidas que los rabinos pretenden imponernos a los gentiles, y conllevan nuestra sentencia de muerte por adorar a Jesucristo. “Para los judíos, creer que Dios pueda ser hombre es la máxima herejía” (Rabino Shmuley Boteach, sobre el cristianismo.) – Minuth – Herejía, creer en más de un Poder, especialmente el Judeo-Cristianismo (Glosario del Talmud, Editorial Soncino).

Las Leyes Noáquidas
Al final de Sanedrín 56a se establece: “Nuestros rabinos enseñaron: siete fueron los preceptos mandados a los hijos de Noe: leyes sociales; abstenerse de la blasfemia; la idolatría; el adulterio; derramamiento de sangre; del robo; y de comer carne cortada a un animal vivo”.
De donde salieron estos preceptos queda explicado en Sanedrín 56b; en que el rabino Yohanan ‘prueba’ por exégesis de Génesis 2:16, que dichas leyes fueron dadas a la humanidad al momento de la Creación. Esta hazaña de la exégesis rabínica deja maravillado al rabino Dr. H. Freedman que dice: "Resulta quizás asombroso que un versículo, cuyo sentido literal es obviamente un permiso a disfrutar, pueda interpretarse como una serie de prohibiciones. Sin embargo, es la característica propia del Talmud: la libertad para disfrutar debe restringirse por consideraciones sociales y morales, y de hecho sólo alcanza su máxima valía cuando es así limitada” Veamos a lo que se refiere (las citas bíblicas de referencia y los subrayados y cursivas no aparecen en el original, son añadidos del suscrito para facilitar la comprensión.):

“GEMARA. … R. Yohanan contestó: El Escrito dice: ‘Y el Señor Dios mandó al hombre diciendo, podéis comer de todos los árboles del jardín. (Gen. 2:16) Y [El] mandó, se refiere [a la observancia de] leyes sociales, y por tanto está escrito Porque lo conozco, que el mandará a sus hijos y sirvientes de su posteridad, y guardarán el camino del Señor, para hacer juicio y justicia. (Gen. 18:19) El Señor – es [una prohibición] contra la blasfemia, por lo cual está escrito, ‘el que blasfeme el nombre del Señor sea condenado a muerte’ (Lev. 24:16). Dios -- es [una amonestación contra la] idolatría, por consiguiente está escrito: no tendrás otros dioses delante de Mi (Exodo 20:3). El hombre se refiere al derramamiento de sangre [homicidio], por consiguiente está escrito: aquel que derrame la sangre de otro, por hombre deberá ser derramada su sangre. (Gén. 9:6) Diciendo – Se refiere al adulterio, por consiguiente está escrito: Dicen Si un hombre repudia a su mujer, y esta toma otro marido (Jer 3:1) De todo árbol del Jardín –pero no por robo—podéis comer libremente (Gen 2:16) –Pero no carne cortada de animal vivo.

Con ese sistema parieron las 7 leyes Noáquidas:
1) Leyes sociales
2) No blasfemarás (Contra los cristianos)
3) No adorarás a los ídolos (Contra los cristianos)
4) No adulterarás
5) No matarás
6) No robarás
7) No comerás carne cortada a un animal vivo.

Imagínense, exegetas de la Corte, ¡lo que no podría hacerse siguiendo este sistema de exégesis con cualquiera de sus resoluciones! Una experta en el Talmud, la señora Elizabeth Dilling (+1967) dice al respecto: “Un tomar de aquí, para luego agarrar de allá, y los ‘sabios’ fariseos extraen sus significados diabólicos de versículos sin relación alguna; de un jugar con palabras y otras ñoñerías”.

La gravedad del asunto se ve de inmediato. Introducen 7 leyes de su invención para ocultar la única prohibición verdadera que se encuentra en el versículo inmediato posterior: Génesis 2:17, y que dice: «…mas del árbol de la ciencia del bien y del mal no comerás, porque el día que comieres de él, morirás sin remedio.» Con lo cual desaparecen un mandato divino y el pecado original (no creen los judíos en el pecado original); quitan todo significado a Génesis 3:15 que es clave fundamental y Protoevangelio cristiano; y dejan los diez mandamientos en un lugar ¿accesorio? Lo más grave es la eliminación del pecado original, sin el cual el hombre queda libre de la culpa de origen, trasladándose, en la apoteosis de la injusticia toda la culpa a Dios Creador por lo que sabemos bien son males obra de la voluntad del hombre. Este hecho absurdo basado en una metodología de risa explica el porqué, ante un ‘dios’ a quien puede culparse de los males del mundo da lugar a tanto ateísmo como se da entre los judíos.

Hemos podido observar del Talmud como en el caso de la pederastia, que no existe distinción entre el bien y el mal; todo depende de la edad, circunstancias etc., como forma de exaltar la autoridad rabínica que todo lo manipuló para establecer diferencias absolutas de las que no los hechos, sino sus caprichos-leyes son las que permiten o condenan. Los rabinos informan a su gente que siguen siendo inocentes sin importar lo que hagan (como que el único culpable vendría siendo Dios); y presumen los rabinos de ser ellos los misericordiosos ante la dureza divina. No tienen idea del Dios verdadero, y lo asombroso de su actuación y creencias, de no estar tan plenamente previstas, señaladas y condenadas por la Sagrada Escritura quedarían sin explicación posible.


Cuarto caso, el infanticidio como sacrificio a los ídolos
Los sacrificios humanos retomaron actualidad por la obra del profesor Ariel Toaff de la Universidad Bar Ilan de Israel, comentados en la red por Israel Shamir, hombre serio que fuera primer ministro de Israel en los ochentas: http://www.israelshamir.net/Spanish/Sp39.htm bajo el rubro “Las Pascuas Sangrientas del Dr. Toaff”.

La obra de Ariel Toaff, --hijo del que fuera Gran Rabino de Roma y heredero entre otros de bienes materiales de Juan Pablo II-- experto en el judaísmo medieval reconoce como ciertos los sacrificios de niños cristianos por brujos judíos, con el objeto de darles muerte ritual y lanzar conjuros contra la vida y bienestar de los cristianos. Esto debe recordarles ministros, las más que probables brujerías y conjuros contra nosotros los cristianos con cada niño sacrificado en abortos en nuestra patria. Este caso es confirmado por el sacrificio del Santo Niño de la Guardia que contara para la expulsión de los judíos de España; y los muchos otros casos similares que la historia registra.
Ahora bien, ¿qué dice el Talmud respecto a sacrificar a niños judíos a los ídolos? Todavía dentro de la Sagrada Biblia, siglos antes del Talmud, el salmista reprocha a los judíos de antaño que sacrificaran a sus propios hijos a los ídolos: “No exterminaron a los pueblos que Yahveh les había señalado, sino que se mezclaron con las gentes, aprendieron sus prácticas. Sirvieron a sus ídolos que fueron un lazo para ellos; sacrificaban sus hijos y sus hijas a demonios. Sangre inocente derramaban, la sangre de sus hijos y sus hijas, que inmolaban a los ídolos de Canaán, y fue el país profanado de sangre. Así se manchaban con sus obras, y se prostituían con sus prácticas. Entonces se inflamó la cólera de Yahveh contra su pueblo, y abominó de su heredad”. (Sal. 106:34-40). En Levítico 18:21 se encuentra la prohibición: “No darás ningún hijo tuyo para hacerlo pasar ante Mólek; no profanarás así el nombre de tu Dios. Yo, Yahveh”. Pero los rabinos si lo permiten, con tal de que se cumplan las condiciones que ellos imponen. Esto afirma en Sanedrín 64a: MISHNAH. “El que entrega de su descendencia (semilla) a Mólek no incurre en pena a menos que la entregue a Mólek y la haga pasar por el fuego. Si la dio a Mólek pero no la hizo pasar a través del fuego, o al revés, no incurre en pena, de no ser que haga ambas cosas”.

En Sanedrín 64a y 64b están los debates que definen: a) Las circunstancias bajo las cuales adorar a un ídolo es idolatría; b) que ídolos pueden ser adorados sin incurrir en idolatría; c) que partes y en que combinación en el sacrificio humano de un niño son punibles; d) como puede haber sacrificios humanos de niños sin violar las prohibiciones del Levítico.

Como se estableció arriba: “… la distinción crucial entre matar y asesinar depende de la definición y estado de la vida que se toma – definición que, como observa Feldman, es metafísica y religiosa, más que científica: Y la diferencia entre la vida fetal y la vida humana no la determina el biólogo o el médico, sino el metafísico. Es la determinación de la cultura o de la religión la que declara no cuando comienza la vida, sino cuando esta comienza a ser humana.”

Repito: “Y la diferencia entre la vida fetal y la vida humana no la determina el biólogo o el médico, sino el metafísico... Es la determinación de la cultura o de la religión la que declara…” Lo que como constatamos, es principio general para esta ‘cultura religión’.


Puro cuento…
¿A qué apelaron los rabinos para invertir todo el sentido de la Sagrada Escritura tradicional nuestra? A que Moisés se pasó cuarenta días para recibir las Tablas de la Ley, lo que hubiera requerido minutos; de ahí que, según ellos, el resto estuviera dedicado a memorizar la ley oral, la que Jesucristo combatía. No les importa hacer con ello de Dios un embustero con tal de atacar a Cristo. Los herederos legítimos de dicha ley oral, informan, son el pueblo que estaba al pie del Monte Sinaí, al que nosotros recordamos ¡adoraba al becerro de oro!


Hablemos de historia
Lo extraño a todo esto no es la conclusión católica medieval señalando: “La muralla ha sido removida al fin, y pueden verse con claridad los reptiles, los ídolos abominables que adora la Casa de Israel”. Lo increíble ha sido que el profetizado Concilio Vaticano II por la Santísima Virgen en La Salette como apostasía de Roma para entronización del Anticristo, siga 40 años después, avalando que estos rabinos son “hermanos mayores en la fe” cuando Cristo los calificó como “hijos del Diablo” (Jn 8:44).

A través de los siglos, los papas defendieron siempre al pueblo de los judíos condenando de manera unánime su actuación y sus enseñanzas: San Gregorio Magno (590-604); Honorio I (625-38); León VII (936-39); Inocencio III (1198-216); Gregorio IX (1227-41); Inocencio IV (1243-54); Clemente IV (1265-68); Honorio IV (1285-87); Juan XXII (1316-34); Eugenio IV (1431-47); Nicolás V (1447-55); Calixto III (1455-58); Paulo IV (1464-71); Sixto IV (1471-84); León X (1513-21); Julio III (1550-55);Paulo IV (1555-59); Pío IV (1560-65); San Pío V (1566-72); Gregorio XIII (1572-85); Clemente VIII (1592-605); Urbano VIII (1623-44); Benedicto XIV (1740-58); Pío VI (1775-99); San Pío X (1903-14) quien a través de su secretario de Estado el Cardenal Merry del Val aplaudió la publicación de Mons. Henry Delassus “La Conjura Anticristiana” en que se denuncia a masones y judíos. Tomado de “Tradition in Action" – http://www.traditioninaction.org/bev/069bev07-26-2005.htm


Citemos de ello las palabras de dos papas:
San Pío V en su bula ‘Hebraeorum gens’ del 26 de febrero de 1569 condenó especialmente las prácticas de “adivinación, sortilegios, encantamientos y brujería” entre los judíos. Les acusó igualmente de los delitos de usura, robo, de recibir objetos robados y de lucrar con la prostitución. Terminó su bula con las palabras siguientes: “Finalmente, damos por sabidas y probadas cuan ofensiva es la forma en que esta generación perversa (los judíos) hace uso del nombre de Cristo, cuan hostil es a los que llevan el nombre de cristianos, atentando aún contra sus vidas”. Los expulsó de los Estados Pontificios, ya que, adicionalmente a los delitos que cometían, los judíos espiaban a favor de los musulmanes y apoyaban sus planes de conquista que ponían en peligro a la Cristiandad entera. En su Breve del 3 de mayo de 1569: “Sabemos que estos, los más perversos entre las gentes, han sido la fuente de casi todas las herejías”. Uniendo a su gloria de pastor vigilante su esfuerzo evangelizador logró insignes conversiones; y tanto el Gran Rabino de Roma, Elias, como sus tres hijos y un nieto fueron bautizados por él el 4 de junio de 1566 en presencia del Sacro Colegio Cardenalicio.

Gregorio XIII, en un Breve del 27 de mayo de 1581 previno a los fieles y a las autoridades religiosas contra las falsas conversiones de los judíos como un medio para infiltrar a la Iglesia. En su Bula “Antiqua judeorum improbitas” del primero de junio de 1581, estableció las condiciones siguientes para imponer la intervención de la Inquisición:
a) Cuando ataquen los dogmas católicos.
b) Cuando invoquen demonios o les ofrezcan sacrificios.
c) Cuando enseñen a los católicos a hacerlo.
d) Cuando blasfemen contra Nuestro Señor o contra Nuestra Señora.
e) Cuando traten de que un católico abandone la fe.
f) Cuando prohíban a un judío o a un infiel convertirse a la fe católica.
g) Cuando de manera consciente favorezcan a los herejes.
h) Cuando diseminen libros heréticos.
i) Cuando en desprecio a Nuestro Señor crucifiquen a un cordero –principalmente en Viernes Santo—y después escupan sobre él y le arrojen insultos.
j) Cuando obliguen a las nodrizas católicas a echar su leche en los escusados y atarjeas después de haber comulgado.

Con estos dos ejemplos dejamos establecidas la realidad histórica del enfrentamiento entre Cristo y Anticristo, las razones que no pudiendo ser ‘superadas’ indican que si pueden ser, como lo han sido, traicionadas. Asunto obvio para ustedes hoy forzados a elegir entre estos dos códigos jurídicos absolutamente incompatibles; especialmente dadas las sentencias de muerte explícitas en el Talmud. El primer mandamiento “Amarás a Dios sobre todas las cosas’ en la afirmación suprema nuestra ‘Jesucristo es Dios’, califica a quienes lo niegan sustituyéndolo con sus autoridades talmúdicas de ser ellos los idólatras.

De la misma manera que un buen fotógrafo profesional exige realismo a sus servicios de revelado; que los blancos sean blancos puros al igual que los negros para que la gama de grises ajuste a la realidad, el laicismo como punto intermedio solo es máscara, artificio, engaño de aquellos que no pueden decir verdad, porque no hay verdad en ellos.

En otras palabras, señores juristas, sólo por los opuestos se define la realidad: ¡nada de tibiezas conceptuales que los sumarían a aquellos que no pueden decir verdad, porque no hay verdad en ellos!

Y la sentencia de muerte
"R. Joseph dijo, Los eruditos dijeron: se ejecuta a un pagano por la violación de tres preceptos: adulterio, homicidio y blasfemia.

R. Huna, Rab Judah, y todos los discipulos de Rab sostuvieron: se ejecuta a un pagano por la violación de (cualquiera) de las 7 Leyes Noaquidas". (Sanhedrín 57a)


Sólo los extremos explican el mundo actual
Sobre la cómica narrativa talmúdica de los harenes bestiales de Adán en el jardín del Edén, y la indudable penetración talmúdica por medio de las absurdas evolucionadas de Darwin, está la autorización del gobierno Inglés dada en mayo a experimentar con genéticos híbridos de humano y animal para producir aquello en lo que 'su Adán' como es obvio, ¡fracasó! ¡Y ahora lo quieren remediar!
¿Qué decir de la brujería y el satanismo de los que San Pío V entre otros los acusa? Elizabeth Dilling en su obra sita en la misma URL, y bajo el título “The Jewish Religión, Its Influence Today” le dedica un capítulo entero, el VIII, titulado ‘Demonology of the Pharisees’. ¿De donde tanto éxito de Harry Potter? ¡Que forma tan aparentemente inocente de introducir a los rabinos brujos al mundo actual!
¿Todavía no entiende usted la guerra en Irak? ¡Pues en Irak se encuentra Babilonia! Más sagrada inclusive para los rabinos de dicho Talmud que Israel mismo. ¿Se explica mejor ahora el porque de esa masacre lanzada para acabar con armas nucleares que resultaron del todo inexistentes? Repasen el Apocalipsis para una mejor constatación de la Gran Ramera de Babilonia y su concordancia con el mundo actual.

Grandes sorpresas reserva el conocimiento completo de la realidad a los modernos. El Talmud de referencia se halla expuesto en Internet desde el 14 de julio de 2003.


¡Quien como Jesucristo, Dios verdadero!
México D.F. a 21 de junio de 2008
Protesto lo necesario
Luis de Guerrero Osio y Rivas
Ciudadano de la República

viernes 18 de abril de 2008

Lo Mucho que Prueba mi Petición de Audiencia Pública



En los términos del Acuerdo General 2/2008, como se indica en el texto, solicité ante la Secretaría General de la Suprema Corte de la Nación comparecer en las audiencias públicas. (El texto completo puede verse haciendo clic sobre la página).

Conforme al principio que establece que, entre iguales el primero en pedir es el primero en derecho, debí comparecer en la tercera audiencia pública. Se me fue negando con promesas de "en la próxima". La razón quedó en claro por la negativa posterior mucho más grave a considerar el Art. 149-Bis del Código Penal Federal de jerarquía constitucional como relevante al tema; ya que México suscribió el tratado de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio del 9 de diciembre de 1948; firmándola el 14 de diciembre de ese mismo año; y ratificándola el 22 de julio de 1952 en los muy precisos términos del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que:

“Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los Jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.”


¡Por supuesto que no podían autorizar mi presencia! La sola mención de los dos artículos dejaba en claro el delito y la intención de perpetrar el genocidio del pueblo de México por el solo hecho de haber admitido a juicio constitucional lo inadmisible: un delito disfrazado de ley para sacarlo coronado como ley constitucional.


El delito cometido está demostrado por los hechos públicos y notorios violando la ley; con el afortunado añadido de mi injerencia frustrada por lo mucho que prueba, además de mis blogs posteriores que fueron anticipando siempre los hechos con el objeto de impedir que se dieran como el genocidio programado exigía que se fueran dando.


Las más de 12000 doce mil víctimas humanas contadas tienen proporciones de catástrofe. Rebasan con mucho el delito de homicidio y de homicidio múltiple; los números son ya propios de tiempos de guerra, y el concurso de delitos a la par del concurso de poderes coludidos destacan entre ellos el delito de traición a la patria.


sábado 29 de marzo de 2008

Un ejemplo entre millones de lo que nunca se menciona

España
Abortó hace 57 años y aún sufre por ello

.- El semanario Alba dio a conocer la historia de una anciana de 84 años que fue obligada a abortar por su ex esposo cuando todavía no estaban casados. Desde entonces y pese a los distintos tratamientos a los que se ha sometido, no ha podido superar la depresión y no ha podido dar a luz un hijo vivo.

Tras la encarcelación del magnate abortista Carlos Morín, todo el "drama personal" de esta anciana "ha aflorado con violencia. ¿Diagnóstico? Está claro: síndrome post-aborto. ¿Terapia? Afrontar el duelo por la pérdida de su hijo", relata Alba.

Luego de explicar que le llaman María "para proteger su intimidad" porque "tiene miedo de las represalias de su ex marido, que todavía vive", Alba explica que, de su vida, a María "lo que más le atormenta es su aborto. Fue hace 57 años. Entonces tenía 27 años y estaba soltera, pero mantenía relaciones habituales con su posterior marido".

Tras contarle que estaba embarazada y sin esperar su consentimiento, el ex esposo la llevó a abortar. "La metió en un taxi y la llevó a un piso de la madrileña calle Barcelona, 3, casi esquina con Santa Ana, recuerda. 'Aquello era una pocilga, una carnicería', recuerda. Él le decía: 'No te preocupes, estás en buenas manos'. El aborto se practicó sin anestesia, así que María gritaba", relata el semanario.

"El 3 de mayo de 1951, mes y medio más tarde, María tuvo una fuerte hemorragia 'en el retrete'. Ahí es donde 'nació' su hijo. 'Tenía los bracitos, el cuerpecito, todo'. ¿Qué hizo? 'Lo lavé, lo besé y me lo metí en una caja de membrillo que tenía'. ¿Qué hizo con él? 'Pensé en guardarlo en alcohol, pero tenía miedo de que mi madre se enterara, así que finalmente me despedí de él y lo tiré por el retrete", recuerda entre lágrimas.

María quedó embarazada, ya casada, cuatro veces más. Todos estos embarazos terminaron en abortos espontáneos; probablemente consecuencia del aborto al que fue sometida cuando tenía 27 años.

"El caso de María es solo un ejemplo de que el síndrome post-aborto acompaña toda la vida", explica a Alba la psicóloga y presidenta de la Asociación de Víctimas del Aborto (AVA), Beatriz Mariscal.

Tras el escándalo de los abortuarios de Barcelona, todo el dolor de María ha despertado. Cuando le preguntan si alguna vez lo olvidó, ella es tajante: "No, no se me quitaba, pensaba en ello día y noche y trataba de salir para olvidarme de ello; pero ahora me ha venido con más fuerza. Lo del aborto no se me iba con nada, tengo depresión desde entonces".

"Hay quien piensa que el aborto es doloroso, pero que se termina pasando; el caso de María evidencia que las secuelas pueden llegar a acompañar toda la vida", concluye Mariscal.

AÑADIMOS: La criminal conspiración del aborto feticida va acompañada de la conspiración del silencio. La hipócrita campaña "por los derechos de la mujer" sigue destruyendo las vidas de millones de mujeres, cuyas voces no afloran, solo mueren, y con frecuencia se suicidan.

Los diarios ingleses anunciaban hace poco que 10% de las defunciones en hospitales les eran atribuibles por descuidos médicos ¿que tiene de extraño dado lo que el aborto ha desvalorado la vida? ¿Acaso no se le ha añadido la eutanasia? Hoy mismo, el New York Times hace referencia al descontento cada vez mayor de los usuarios hospitalarios, de nuevo: ¡obvio! ¿Y las autoridades? ¡¡¡Cuáles???

jueves 21 de febrero de 2008



Acción de Inconstitucionalidad 00146 /2007-00


A la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
¡Urge echar fuera de la Corte ese delito!

Al Pleno de la Corte:
Ministro Presidente Guillermo I. Ortiz Mayagoitia,
Ministro Mariano Azuela Güitrón,
Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano,
Ministro José Ramón Cossío Díaz,
Ministro José Fernando Franco González Salas,
Ministro Genaro David Góngora Pimentel,
Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo,
Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos,
Ministra Olga María del Carmen Sánchez Cordero de García Villegas,
Ministro Juan N. Silva Mesa,
Ministro Sergio Armando Valls Hernández.

Señores ministros: Hoy vive la nación momentos de angustia; porque perder la razón, caer en demencia como se da en casos aislados es lo que se ha pretendido generalizar imponiendo el feticidio como derecho por ley, y como conducta aceptable para quien quiera practicarlo y sin limitación alguna. Y de la misma manera en que individuos aislados pueden enloquecer, la Nación está perdiendo la razón por la sola aceptación de que se le impongan delitos como leyes.

La ley es reflejo de la salud mental o de la demencia generalizada, y cuando un poder legislativo promueve el satanismo por ley tenemos el deber de exigir el más severo castigo penal para los culpables.

Para que no quede duda de que el satanismo es algo real me permito transcribir de “La Jornada” del 9 de febrero de 2008 los párrafos siguientes de Amy Goodman sobre lo que está pasando en el Congo: “Un aspecto particularmente horripilante del conflicto es la masiva violencia sexual utilizada como arma de guerra. La activista de derechos humanos Christine Schuler Deschryver me contó acerca de los cientos de miles de mujeres y niños sujetos a la violación:“Ya no estamos hablando de las violaciones normales. Hablamos de terrorismo sexual, porque han destruido (no se pueden imaginar lo que ocurre en el Congo)... Hablamos de un nuevo tipo de cirugía para reparar a las mujeres, porque están totalmente destruidas”. Ella describía el daño físico perpetrado a las mujeres, a los niños: uno, dijo, tan bebé que tenía 10 meses de edad. Son actos de violación que implican la inserción de palos, pistolas y plástico derretido. Deschryver estuvo en Estados Unidos como invitada de V-Day, una campaña de Eve Ensler para poner fin a la violencia contra las mujeres, en un intento por generar conciencia pública de este genocidio y apoyar al hospital Panzi en Bukavu, el pueblo de Deschryver.”

¿Pero quien puede limitar esta perversidad al Congo sin tener que negar a las muertas de Juárez y el hecho ampliamente difundido de los narcosatánicos operando en la República desde hace dos décadas? La infestación satánica penetra las instituciones y las cúpulas del mundo, y hasta Paulo VI afirmaba que los humos de Satanás habían penetrado en la Iglesia. ¡Que grave sería, señores ministros, que dieran lugar a que se les acusara a ustedes de satanismo!

¿Y los sacrificios humanos tradicionalmente reconocidos como ligados al diablo?

En medio de la universal dolencia de que basta con cambiar una etiqueta para desviar a millones en distintas direcciones ¿nada les dice el aborto sobre sacrificios humanos?

¿Habrá sido suficiente el cambiar la etiqueta de “sacrificios humanos” por la etiqueta “derechos de la mujer” para cambiar el hecho en sí, o para que con ello se dejara de servir al Diablo?

¿Acaso no es más diabólico por ser precisamente más imbécil, el convertir un delito en un derecho, en su camino para hacerlo después obligación? ¿No ocurre ya en China?

El daño mental hasta aquí consumado es enorme; porque la ley no sólo obliga al hacer o dejar de hacer, sino ante todo a acordar o discordar en el pensar que no puede desligarse, en la unidad integral del hombre, de su actuar.

Por tanto:

Ante la posibilidad de que se atienda la acción de demérito derivada de la IMPOSICIÓN del aborto feticida por la vía legislativa con todos los agravantes del satanismo y de la insania, urge recordar que:

Toda acción de inconstitucionalidad puede referirse a leyes, pero no a delitos.

Ya cometieron el error de dar entrada como ley a un delito tipificado en el C.P.F. bajo el Art. 149-Bis. Delito de Genocidio. Pueden agravar el asunto por el sólo hecho de resolver esta acción de inconstitucionalidad como está planteada.

Aunque se resolviera declarar la inconstitucionalidad de dicha “ley”.

Lo procedente es echar fuera ese delito de lo que debe ser el Palacio de la Ley y no el burdel intramuros de un presidio. Echarlo fuera declarándolo delito de genocidio con la debida reprimenda al Procurador General de la República por no haberlo perseguido oportunamente, y por no haber solicitado los desafueros necesarios.

El delito lo es por razón del daño… y no puede concebirse mayor daño al orden jurídico que declarar bueno lo malo, y malo lo bueno; sobre todo cuando se hace apelando a sofismas con el agravante de confundir la ley con el delito.

Porque los sofismas privan a la conciencia de la inteligencia, impulsan la voluntad hacia el delito, y son la praxis obligada de la anarquía; tan temida, que la historia repite el incesante preferir de los pueblos la dictadura al desorden que asfixia la vida.

¡Y el Diablo está peor que el burro! Lo característico de lo diabólico es la idiotez; y del ocultismo, el serlo por la necesidad de ocultar vergüenzas; que de darse la inteligencia por un instante en el burro a coces habría muerto a los abortistas y demás satánicos sin estorbos de conciencia. La magnitud de la idiotez la he presentado en mis denuncias recientes contra los titulares de la gubernatura del D.F.; del titular de la PGR y de los asambleístas gestores del satánicamente asnal atentado por medio de su imposición legal.

Estas denuncias, presentadas ante la Cámara de Diputados para los respectivos Juicios Políticos y para su automático desafuero obran más abajo en este mismo blog, y la invitación a visitarlo la he llevado de manera personal a cada una de sus once oficinas junto con mi solicitud de audiencias para tratar del tema lo que necesario fuere. La URL es: www.nullacaritassineiustitia.blogspot.com

¿Y cómo llamarían ustedes, ministros y ministras, al que se les hubiera abortado?
Si once homicidios capaces de cambiar los nombres de los titulares de toda la SCJN no fueran suficientes para quitar la ñoñería del tipo penal de la infamia, "aborto" para exigir "homicidio con agravantes" ¿servirán al menos para caer en cuenta del proceder del Diablo y sus mentiras monumentales para arrasar a las naciones?

¿Homicidio o aborto? ¿Cuál de ustedes será el primero en levantar la mano para declararse feto?

¿Cuál de ustedes se hará solidario de la imbecilidad y de la infamia?

¿Cuál de entre ustedes desfila ya en los ejércitos de Satanás para declararnos la guerra a los mexicanos?

¿Cuál de ustedes querrá repetir la faena que hicieron con la Ley Robles para dejar lo penal fuera de toda consideración en sus juicios constitucionales, y poder meter de nuevo a la Constitución de delincuente? ¿O no fue “constitucionalmente” como ya una vez hicieron de un delito una ley al admitirla, y poder así declararla constitucional?

¿Tendrán esta vez la civilidad de informar de que atribuciones se hacen para echar fuera a patadas de la Corte en sus debates, no sólo al Art. 149-Bis del C.P.F., sino toda consideración penal cuando el delito lo es por razón del daño?

SEÑORES MINISTROS Y MINISTRAS: Repito, no puede concebirse mayor daño al orden jurídico que declarar bueno lo malo, y malo lo bueno; sobre todo cuando se hace apelando a sofismas con el agravante de confundir la ley con el delito. Porque los sofismas privan a la conciencia de la inteligencia, impulsan la voluntad hacia el delito, y son la praxis obligada de la anarquía. Y para el caso una anarquía cuya meta es el genocidio del pueblo de México comenzando por los capitalinos.

Respondan ustedes: ¿Es concebible un abogado incapaz de distinguir entre leyes y delitos?

Y dado el caso, ¿debemos emplearlo en la judicatura? Y dado el caso, ¿promoverlo hasta integrar con él la SCJN para así honrarlo y mantenerlo con nuestros impuestos?

Porque Marcelo Ebrard con su perredismo en la ALDF ya nos está haciendo cómplices; al financiar con ellos, con nuestros impuestos, el homicidio de 5 mil 845 inocentes ya contados hasta la semana pasada; junto con la degradación de médicos para la promoción de monstruos satanizados, en transmutación tan honda, como capaz de llevar al registro en bolsa a las funerarias, e impulsarlas a las más elevadas cotizaciones.

¿Tan a salvo de enfermarse se sienten que ya no les alarma que se haya cambiado el juramento de Hipócrates por la satanización de la medicina?

Lo propio del satanismo es la idiotez, y no la hay mayor que la que se hace patente por la negación del Infierno sin el cual no habría justicia para los que cometen delitos monstruosos. En pocas palabras la justicia sería mera ficción. ¿Lo firmarían ustedes?

Y el Infierno es como se describe abajo, casi al final de este mismo blog. ¿Puede acaso dudarse de la validez de esta descripción del Infierno dada por Cristo mismo como merecida por los servidores asnales de pobre Diablo que está peor que el burro?

Y sin olvidar, por caridad, la advertencia contra los falsos curas y profetas que niegan la existencia del Infierno; avalando su intromisión en el tema con una jerarquía que hace recordar a Judas Iscariote. ¡El que toma a Judas por guía en el Infierno para!

¿Será también necesario recordar a los ministros a lo que conduce el tomar un mal abogado?

A juicio de Dios vamos todos señores, y ¿Quién hay como Dios?

Protesto lo necesario.
México D.F., a 20 de febrero de 2008.


Luis de Guerrero Osio y Rivas
Ciudadano de la República